Castilla y León

La Audiencia absuelve a los directivos de Caja Segovia que cobraron prejubilaciones millonarias

Manuel Escribano, ex director general, y Atilano Soto, expresidente, en una imagen de archivo
Valladolidicon-related

La Audiencia Provincial de Segovia ha absuelto a los directivos de la antigua Caja Segovia que cobraron prejubilaciones millonarias de los delitos de apropiación indebida y administración desleal.

Así se exonera a Manuel Escribano, Enrique Quintanilla, Antonio Luis Tapias, Atilano Soto, Elena García Gil y Manuel Agudiez de los delitos de apropiación indebida y administración desleal por los que se les había acusado por parte de la acusación particular, ejercida por la Fundación Caja Segovia y por la acusación popular ejercida por Izquierda Unida.

Por su parte, se absuelve a Juan Bautista Magaña, Miguel Ángel Sánchez, Óscar Varas, Juan Antonio Folgado y Malaquías del Pozo como partícipes a título lucrativo. Igualmente, se absuelve a Caser de la pretensión civil ejercitada en su contra por estas acusaciones.

El fallo recoge que los acusados "no ejecutaron inequívocos actos apropiatorios con fines de lucro personal" respecto al dinero de la entidad que administraban, además de que tampoco puede afirmarse que incurrieran "en excesos de sus facultades de administración ni en actos de abuso en el ejercicio de sus competencias".

Para el Tribunal, las modificaciones del Plan de Prejubilaciones de 2006 realizadas en años posteriores responde a la circunstancia de que el Plan Estratégico de la entidad "había quedado vacío de contenido efectivo" tras el inicio del proceso de integración bancaria en el que se vio involucrada Caja Segovia, y que esas modificaciones "se ajustaron plenamente al procedimiento regular aplicable", como evidencia el hecho de que fueran aprobados con el acuerdo unánime de los integrantes de la Comisión de Retribuciones y del Consejo de Administración de la entidad.

Sin sueldos despropocionados

Para la Sala, no ha quedado probado que se hubieran producido notables e injustificados aumentos de retribuciones por parte de los directivos con anterioridad a la modificación del plan de jubilaciones. A este respecto, la sentencia añade que tampoco ha sido ofrecida prueba con virtualidad suficiente para concluir que las retribuciones de los directivos de Caja Segovia y que sirvieron de base para las prejubilaciones fueran desproporcionadas, como quedó acreditado en la respuesta ofrecida por el Banco de España.

Además, teniendo en cuenta que, en atención a las fechas de los respectivos ceses de los directivos, no existían normas jurídicas vinculantes que pudieran limitar las retribuciones de aquéllos, no ha sido ofrecida ninguna prueba de la que se desprenda que sus respectivos importes fueran ilegales o alegales, ni siquiera desproporcionados en relación con las retribuciones de los directivos de otras entidades de similar volumen y, en todo caso, debe tenerse en cuenta que las cuentas anuales de Caja Segovia presentaban siempre beneficios, por lo que si las remuneraciones de los directivos pudieran parecer elevadas en todo caso no recompensarían fallos, y no parece que contrariaran las políticas contenidas en la Recomendación de la Comisión Europea .

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky