Castilla y León

El TSJ de Castilla y León admite un recurso contra el decreto que regula el control de los alimentos de calidad

Valladolidicon-related

La Sala de lo Contencioso administrativo de Tribunal Superior de Castilla y León ha admitido a trámite un recurso contra el decreto que autoriza a los Consejos Reguladores a ejercer el control de las normas de calidad de las Denominaciones de Origen y de las IGP.

El recurso, presentado por la Asociación Nacional de Certificadores y Verificadores de la Evaluación de la conformidad, se produce despues de que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) haya requerido a la Junta de Castilla y León para que modifique la regulación de las denominaciones geográficas de calidad alimentaria de la Comunidad, cuyo decreto se aprobó el pasado diciembre, por entender que favorece de forma injustificada a los consejos reguladores.

La CNMC afirma que se ha pronunciado en varias ocasiones acerca de las restricciones a la competencia que pueden aparecer en las denominaciones de origen protegidas (DOP) y las indicaciones geográficas protegidas (IGP), "una falta de competencia qie puede conducir a un encarecimiento de los productos agrarios y alimenticios y a que los controles sean de peor calidad, perjudicando a consumidores y usuarios".

El reglamento de Castilla y León, en su artículo 49, otorga al consejo regulador de cada DOP o IGP el control de que los productos cumplen con las características y los requisitos de calidad exigidos. Cuando no exista consejo regulador, o cuando, existiendo, no esté acreditado o solicite no llevar a cabo el control, se permite a los organismos de certificación independientes prestar estos servicios o hacerlo la propia administración.

Según la CNMC, este modelo, al reservar las tareas de control a los consejos reguladores, impone restricciones a la competencia no justificadas, que perjudican a los consumidores. Por ello pide a la Junta de Castilla y León que derogue la restricción. La Junta dispone ahora de un plazo de un mes para hacerlo. En caso de que no se elimine, el órgano podrá impugnar su resolución.

La consejera de Agricultura y Ganadería, Milagros Marcos, se ha mostrado convencida de que podrá resolverse "sin mayor conflicto" el requerimiento ya que dispone de informes de la Comisión Europea y de todos los órganos públicos y consultivos que avalan el reglamento.

En este sentido, ha asegurado que Castilla y León apuesta por productos "de extrema calidad", lo que lleva a plantear que incluso las empresas pequeñitas tengan la garantía de financiar ese control de calidad".

Sin embargo, para llevar a cabo ese control "no debe ser el supervisado quien elija al supervisor" sino que se establece que pueda haber un órgano de control, como son los consejos reguladores, quienes "con el mismo criterio que controlan los productos que están bajo su amparo" puedan llevar a cabo ese control "con garantía de calidad y apoyado desde la administración autonómica", ha afirmado.

En el caso de las denominaciones más pequeñas, es el personal del Intituto Agrario de Castilla León el que hace esoso controles, ya que de otra forma sería inviable que pudiesen homologar sus productos al tener que contratar a compañías certificadoras.

Desde la Consejería se recuerda que fue la Ley Agraria la que estableció que la potestad del control de las figuras de calidad era pública.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky