
Los juzgados siguen paralizando los abusos que algunos directivos empresariales cometen con los trabajadores que tenían contratados al calor de la reforma laboral.
Un juzgado de lo Social ha condenado a la empresa Eulen a la readmisión de dos trabajadores de Ávila perteneciente a una cuadrilla forestal a los que había despedido al no haber demostrado que se había acabado la contrata con la Junta de Castilla y León a la que estaban adscritos, además de haber incumplido varios requisitos formales en la comunicación de la medida.
El titular del jugado de lo Social de Ávila, Julio Severino Barrio de la Mota, ha sentenciado a favor de dos peones forestales en su demanda por despido improcedente contra Eulen, que había dado por concluido sus contratos alegando que había finalizado la contrata con la Junta de Castilla y León que justificaba su puesto de trabajo, pese a que en realidad habían realizado tareas por encargo de otras instituciones públicas y empresas privadas. La compañía que preside David Álvarez se enfrenta además a otras cuatro demandas similares que presumiblemente serán del mismo sentido.
En su resolución, el juez reprocha a Eulen no sólo que hubiese recurrido al despido objetivo alegando la finalización de la contrata cuando los trabajadores no estaban adscritos a ella, sino que ni siquiera llegó a acreditar la disminución del volumen de trabajo.
Según el magistrado, no es válido que en la carta de despido se exprese las causas de la medida de manera "vaga, genérica y abstracta" ?fin de la contrata- sino que debe "contener un relato de los hechos suficientemente ampli o y expresivo para que el trabajador tenga un conocimiento claro e inequívoco de ellos" de manera que pueda impugnarlos.
La compañía de servicios no sólo incumplió esto sino que en la vista se limitó a aportar unas certificaciones "no ratificadas carentes de todo valor probatorio".
La sentencia señala que lo "ajustado a derecho" hubiese sido, dado que la disminución de la carga de trabajo era de carácter estacional, acudir a una suspensión temporal del contrato. De hecho, junto a la carta de despido se entregó a los otros seis de los siete integrantes de la cuadrilla, un plan de mantenimiento del empleo en el que les ofrecía la posibilidad de contar con ellos si cesaban los problemas productivos alegados pero a cambio de renunciar a la indemnización correspondiente.
Además de todos estos argumentos, el juez anula el despido alegando que no se hizo entrega a los trabajadores de la indemnización correspondiente en el momento de la extinción del contrato.
Por todo ello, el fallo, que es recurrible, da a Eulen la opción de que readmita a los trabajadores o en su defecto les indemnice con el doble de lo inicialmente estipulado.
Tras hacerse pública la sentencia, el ingeniero jefe de Eulen en Ávila Julio Martín de Pablo justificó a elEconomista los despidos alegando la disminución de la carga de trabajo, argumento que no ha quedado demostrado, como recoge el fallo.