Castilla y León

Un juez rechaza que la patronal de Castilla y León tenga que devolver 230.000 euros a una empresa

Santiago Aparicio, presidente de Cecale

El titular del juzgado número 1 de Valladolid ha desestimado la demanda de la Escuela Platón en la que exigía 230.000 euros a la patronal de Castilla y León en concepto de fianza entregadas por la realización de cursos de formación.

La sentencia, de fecha 4 de febrero de 2015, atiende así los argumentos de la Confederación de Asociaciones Empresariales, que sostenía que las cantidades entregadas por Escuela Empresarial Platón eran en concepto de cuotas empresariales y no como fianzas ante posibles minoraciones en las subvenciones derivadas de la deficiente prestación de los cursos, como sostenía la empresa demandante.

Escuela Platón facturó entre 2008 y 2012 un total de 1.7 millones de euros por la impartición de cursos de formación que el Ecyl contrataba con Cecale, entonces presidida por Jesús Terciado.

Aunque el magistrado Fernando Quintana considera "inversosimil" que una empresa del tamaño de Platón contribuyera con cuotas empresariales de 3.600 euros mensuales, cantidades muy superiores a las federaciones territoriales e incluso a las de las grandes empresas de la Comunidad, reconoce que los ingresos se realizaron como tales cuotas, como acreditan los extractos bancarios en los que figuraba ese concepto y no puede atribuirse a un error del banco como reclamaba la demandante.

El juez continúa diciendo que "no sabemos lo que el apodera de la actora o el secretario general" de Cecale pactaron de forma verbal cuando se decidió la incorporación de Platón a la patronal "pero sea lo que sea, se incorporó en esas condiciones y ahora debe afrontar las consecuencias de sus actos".

Condena en costas

La sentencia, contra la que cabe recurso, desestima por anto la demanda e impone a la demandante al pago de las costas procesales.

Durante el procedimiento, el juez envió el caso a la Fiscalía para que determinase si había algún posible delito de corrupción entre particulares al considerar que las cantidades pagadas podían ser de alguna manera un pago a cambio de la adjudicación de cursos, aunque el Ministerio Público ha descartado cualquier responsabilidad penal.

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