Banca y finanzas

El Defensor del Pueblo denuncia que pocas cláusulas suelo son transparentes

Madrid, 28 feb (EFE).- El Defensor del Pueblo cree que "la experiencia" muestra que "pocas" cláusulas suelo cumplen con los niveles de transparencia para no ser declaradas abusivas, por lo que ve necesario crear un sistema extrajudicial para evitar a los clientes la obligación de acudir a los tribunales.

Esta es una de las conclusiones del informe anual correspondiente a 2016 que la defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha presentado hoy en el Congreso de los Diputados.

La avalancha de demandas judiciales por las cláusulas suelo ha puesto de manifiesto, según el organismo, la necesidad de proveer a los ciudadanos con un sistema que les ahorre el trámite judicial.

Y es que tras la sentencia del Supremo de mayo de 2013, que declaraba nulas aquellas comercializadas de forma poco transparente sólo a partir de esa fecha, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acordó que las entidades financieras deberían devolver todo lo cobrado irregularmente desde que comenzó a aplicarse la cláusula suelo.

Por ello, ya ha iniciado una actuación de oficio ante el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y ante el Banco de España.

El informe presentado hoy recuerda asimismo otro varapalo de la justicia europea a España, que también afecta a los contratos hipotecarios.

En la legislación española prevalece una demanda colectiva sobre una individual, si el objeto es el mismo; pero el TJUE consideró en abril de 2016 que la ley de enjuiciamiento civil española es "incompleta e insuficiente", y no es el medio "adecuado ni eficaz" para que cese el uso de estas cláusulas.

En opinión del tribunal de Luxemburgo, el consumidor no puede hacer valer de forma individual sus derechos al quedar vinculado obligatoriamente al resultado de la acción colectiva, algo que además de no garantizar los derechos de los consumidores "va en contra de lo dispuesto en la normativa europea".

El informe denuncia además que un elevado número de afectados que se acogieron a la anterior doctrina sobre cláusulas suelo dictada por el Supremo en mayo de 2013 no disfrutaron del cese de estas condiciones abusivas hasta meses después.

De este modo, expone como ejemplo del perjuicio ocasionado a los clientes con este tipo de contratos en una serie de ejecuciones hipotecarias -embargos de una propiedad para su venta- puestos en marcha por una caja de ahorros en Córdoba.

La entidad acompañaba estas demandas con actas realizadas por notarios del Colegio de Andalucía que, al fijar el saldo final adeudado por el hipotecado, obviaron que la caja había aplicado los intereses abusivos hasta noviembre de 2013, seis meses después de entrar en vigor la norma del Alto Tribunal.

Así, se remite a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que exige "especial rigor" e "intensa diligencia" en estos supuestos "generalizados", y confía en dar solución a un problema del que ya ha notificado a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

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