Banca y finanzas

La Generalitat pone en marcha la maquinaria legal para cobrar el impuesto sobre los depósitos

Barcelona, 23 sep (EFE).- La Generalitat ha activado la maquinaria legal para cobrar el impuesto sobre los depósitos a los bancos que operan en Cataluña, de forma que el gobierno catalán, que mantiene abierto un conflicto por este impuesto con el Gobierno ante el Tribunal Constitucional, se avanza al Estado en su intento de cobrarlo.

En concreto, el Govern ha aprobado hoy el reglamento del impuesto catalán sobre los depósitos, que, en consonancia con la ley catalana que lo crea, obliga a la banca a autoliquidar entre el 1 y el 20 de octubre el importe de este impuesto correspondiente a 2013 ante la Agencia Tributaria de Cataluña.

En declaraciones a Efe, la directora general de Tributos de la Generalitat, Elsa Artadi, ha explicado que como la ley catalana que crea este impuesto está en vigor, "los bancos deben presentar la autoliquidación del impuesto, porque si no lo hacen se les debería sancionar", aunque ha dado por supuesto que la banca atenderá este requerimiento.

Sin embargo, ha admitido que la situación resulta un poco "caótica" porque la Generalitat y el Estado han creado un impuesto sobre el mismo hecho imponible, los depósitos bancarios, y ha añadido que el conflicto no se resolverá hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre los recursos cruzados entre ambas administraciones.

El impuesto de depósitos puede suponer una gran fuente de ingresos para las arcas de la Generalitat; en un principio, se estimó su impacto anual en unos 500 millones de euros, y luego se elevó la previsión de recaudación hasta los 670 millones, aproximadamente.

De hecho, el Govern ha ligado en varias ocasiones la recaudación que se obtenga por esa vía a la recuperación de la extra a los funcionarios, una paga que el ejecutivo catalán ha prometido abonar el próximo año, lo que supone un desembolso de unos 500 millones.

La ley por la cual se crea el impuesto catalán a los depósitos, aprobada por el Parlamento catalán en abril, precisa que si una entidad financiera ha captado depósitos por valor de hasta 150 millones de euros en Cataluña, se le aplicará un gravamen del 0,3%; de esta cantidad hasta los 600 millones, se aplicará el tipo del 0,4%, y de los 600 millones en adelante, el gravamen será del 0,5%.

No obstante, las entidades podrán beneficiarse de deducciones si tienen el domicilio fiscal en Cataluña, por el número de oficinas ubicadas en Cataluña, especialmente en municipios pequeños, o bien por cuestiones como la obra social o los recursos que hayan invertido en finalidades de utilidad pública, interés social, interés ambiental y promoción económica.

El reglamento aprobado hoy prevé que, más allá de los plazos previstos para el ejercicio de 2013, el calendario habitual de autoliquidación del tributo quedará fijado entre el 1 y el 20 de mayo del año siguiente a la meritación, y da la posibilidad a la banca de pagar en dos plazos.

Por otra parte, Artadi ha explicado que Cataluña se encuentra "en la misma situación" que la Comunidad Valenciana y Asturias, donde hay sendos impuestos a los depósitos en vigor que conviven por ahora con el creado por el Estado, cuyo reglamento aún no se ha aprobado.

En el caso de la Comunidad Valenciana, el impuesto está en vigor y el Gobierno no lo ha recurrido, mientras que la situación de Asturias es exactamente la misma que la de Cataluña, ya que el Gobierno sí que recurrió su impuesto ante el TC pero el Alto Tribunal levantó la suspensión.

Artadi ha precisado que en estas comunidades ya se ha puesto en marcha también la maquinaria para cobrar este impuesto, y que la banca está autoliquidando el impuesto, aunque las comunidades todavía no lo están cobrando.

Y es que los bancos tienen la opción de solicitar aplazamientos o bien rectificaciones de la autoliquidación presentada y, al recibir respuesta de la administración pueden optar por presentar un recurso.

El impuesto sí que está implantado en Extremadura, Andalucía y Canarias, aunque el Gobierno, gracias a una modificación legal, anuló esa tasa y a cambio acordó compensarlas por la recaudación que estaban percibiendo.

En el caso de Cataluña, decidió crear ese impuesto por decreto a finales de 2012; el Gobierno reaccionó inmediatamente creando un impuesto estatal a tipo cero con el fin de cerrar la puerta a ese impuesto en Cataluña y en otras comunidades, y a partir de ahí Cataluña aprobó su propia ley, en abril de este año.

El último movimiento del Gobierno se sitúa el pasado julio, cuando aprobó un decreto-ley que eleva el impuesto estatal que grava los depósitos bancarios del 0 al 0,03 %, una gravamen muy inferior al fijado por la Generalitat con el que el Gobierno preveía ingresar 375 millones en toda España, aunque prometía ceder la mitad de la recaudación a las comunidades.

Así pues, todo está pendiente de que se pronuncie el Tribunal Constitucional, que deberá decidir, en definitiva, cuál de los dos impuestos prevalece y si la Generalitat tiene derecho a una hipotética compensación.

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