Banca y finanzas

La nueva ley del seguro de autos blindará a las víctimas dedicadas a las tareas del hogar

  • La reforma, que vuelve al Congreso el martes, incluye indemnizaciones específicas
José Antonio Fernández de Pinto. eE

La aprobación de la nueva ley del seguro de automóviles parece que será una realidad en los próximos días. El proyecto de ley, que inició su andadura por las Cortes españolas la primavera del 2024, vuelve al Congreso de los Diputados mañana tras haber pasado ya previamente y, a su vez, por el Senado.

En este recorrido ha habido varios puntos que se han modificado desde su aprobación en el Consejo de Ministros de hace algo más de un año y otros de los cuales aún no se ha hablado. Si el proyecto de ley permanece tal y como está, este blindará especialmente al colectivo de personas dedicadas a las tareas del hogar.

Hasta el momento, en los accidentes de tráfico, si eran estas personas las afectadas, el cónyuge o el conviviente era quien recibía una indemnización por lucro cesante en caso de fallecimiento, incapacidad permanente total o absoluta. También la compañía aseguradora debe pagar una cuantía de perjuicio personal básico, que normalmente va destinado al cónyuge y a los hijos, aunque también se puede expandir a hermanos, padres o incluso abuelos y nietos si había convivencia.

España es uno de los países más avanzados en este aspecto, puesto que ya reconocía a los encargados de las tareas del hogar en ese lucro cesante aunque no tuvieran una remuneración concreta. Pero en estos casos, la indemnización se acogía a unas tablas genéricas, valorando los ingresos de la persona encargada del hogar como el salario mínimo interprofesional (SMI). Ahora, este colectivo va a tener unas tablas propias de lucro cesante, lo que incrementará la protección para estas personas.

Puede parecer muy complejo y, para ello, pondremos un ejemplo. Un matrimonio de 25 años, en el cual la víctima es la encargada del hogar, fallece. Atrás deja a su cónyuge, de 55 años de edad, y a dos hijos, de 20 años. Con las tablas previas de lucro cesante –que no se actualizan todos los años como las de lesiones o las de perjuicios personales o particulares–, la pareja de la víctima y sus hijos, de forma global, recibirían unos 295.000 euros. Con la reforma de la ley, esa cifra se incrementa casi un 60%, hasta los 471.500 euros.

La brecha radica en esas nuevas tablas de lucro cesante particulares que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) le encargó al Instituto de Actuarios Españoles. Con esa nueva valoración, el lucro cesante en el caso expuesto pasa de 47.467 euros a 223.919 euros, lo que es un incremento del 370%, si la valoración de ingresos anuales de la persona fallecida es el mínimo de las tablas: 18.000 euros.

Mejoras en la incapacidad

Pero si el caso no es un fallecimiento y el afectado –sea o no una persona dedicada a las tareas del hogar– tiene secuelas que le hacen incompatible trabajar de su profesión (incapacidad permanente total) o de cualquier empleo (incapacidad permanente absoluta), también hay novedades.

Hasta ahora, la compensación era entre el 55% y el 75% en función de la edad. Ahora, en especial para los mayores de 55 años, este porcentaje de indemnización sube hasta el 90%, porque los legisladores sobreentienden que perfiles similares tienen una mayor complicación para encontrar un empleo con esa edad. Hasta los 45 años, el pago de la aseguradora será del 55% de los ingresos, y entre los 45 y los 55 años, del 75%.

Incremento de horas de cuidados en personas dependientes

Otro de los puntos críticos de la nueva ley que está en las personas dependientes. Tras graves accidentes, las secuelas en algunos casos pueden ser críticas, y las personas que las padecen en muchos casos reciben compensaciones insuficientes. El Instituto de Actuarios explica a este medio que el número de horas de ayuda por tercera persona pasa de 16 horas diarias a las 24 horas diarias para las personas que hayan quedado en estado vegetativo, sin movilidad, o conectados a un respirador automático. Para aquellas personas que como consecuencia de un accidente hayan sufrido daño de globo ocular y hayan podido quedarse ciegos, se duplica ese número de horas de ayuda de terceras personas, pasando de 5-6 a 10-12 horas diarias. Las indemnizaciones correspondientes se incrementarán en la misma proporción que aumenta dicho número de horas de ayuda de terceras personas. Para el Instituto, "lo importante ante un accidente es que el seguro pueda indemnizar los daños efectivamente sufridos por las víctimas, para lo cual es imprescindible que las primas sean justas y adecuadas para el pago de esas indemnizaciones"

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