Banca y finanzas

Pimec recurre el 'no' de la CNMC a su personación en la opa de BBVA al Sabadell

  • La patronal catalana defiende su implicación en la operación, que reduciría las opciones de crédito de sus asociados 
  • El organismo rechazó todas las solicitudes antes de las Navidades 
La CNMC estudia la fusión entre BBVA y Banc Sabadell. EE
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La patronal de pequeñas y medianas empresas catalana Pimec ha presentado esta semana un recurso ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por la negativa de la entidad a que se persone como afectado en la opa de BBVA sobre Banc Sabadell. El organismo regulador rechazó todas las solicitudes a mediados de diciembre y es de esperar que en los próximos días lleguen más recursos como el de la asociación empresarial.

En un comunicado hecho público este miércoles, la patronal que preside Antoni Cañete sostuvo que tiene derecho de estar informada del procedimiento "para defender los intereses de las pymes". Además, dijo que quiere "garantizar que los efectos negativos de la operación sean adecuadamente mitigados", pues una fusión reduciría las opciones de crédito para sus afiliados.

Según sus cálculos, el triunfo de la opa podría suponer una reducción del 8% de la disponibilidad del crédito, alrededor de 54.000 millones en préstamos. Por ello, defendió que la opinión de los empresarios es "altamente relevante".

En Cataluña, además, el impacto en términos de competencia se notaría también en el número de oficinas bancarias. Entre Caixabank y la entidad resultante de la fusión sumarían el 73,7% de los establecimientos.

Por ambos motivos, Pimec reafirmó que es contraria a la compra.

La CNMC rechazó las solicitudes

El recurso de la patronal para personarse en la fase II del estudio llega después de que la CNMC tumbase todas las solicitudes como la suya a mediados de diciembre. La negativa llegó hasta las 79 organizaciones y asociaciones que se han presentado, con la única excepción del propio Banc Sabadell.

La razón compartida con los solicitantes es que no basta con tener un interés general en la operación, sino que exige un interés legítimo vinculado con el análisis de la concentración desde un punto de vista de defensa de la competencia.

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