Aragón

Archivado el informe de Ecociudad contra el alcalde de Zaragoza al que presuntamente atribuía 5 delitos

El fiscal jefe provincial de Zaragoza, Felipe Zazurca, ha archivado el informe del asesor jurídico de la sociedad municipal Ecociudad-Zaragoza en el que se apuntaba que el alcalde, Pedro Santisteve, pudo cometer hasta cinco delitos.

Desde la Fiscalía han argumentado esta decisión de archivar el escrito del asesor jurídico de Ecociudad "por no tener los hechos denunciados relevancia penal".

Prevaricación, acusación y denuncia falsa, ocultación de documentos, acoso laboral y falsedad son los cinco posibles delitos recogidos en el Código Penal en los que el escrito del asesor jurídico señalaba que el alcalde podría haber incurrido cuando presidía Ecociudad.

También indicaba que se podrían llegar a atribuir al consejero municipal de Servicios Públicos y Personal, Alberto Cubero, y la concejal de Movilidad y Medio Ambiente, Teresa Artigas, cuando formaban parte del consejo de administración de esta sociedad municipal antes de que dimitieran y la presidencia de Ecociudad recayera en el PP.

La Fiscalía ha decidido archivar la causa el pasado 22 de diciembre después de que incoara las diligencias el 10 de noviembre, tras la denuncia presentada por el asesor jurídico de Ecociudad dos días antes, el 8 de noviembre.

El acuerdo de remitir la denuncia a la Fiscalía salió adelante en el consejo de Ecociudad con los votos a favor de PP, PSOE, Ciudadanos y CHA, mientras que Zaragoza en Común se opuso.

Presuntos delitos

Sobre el presunto delito de prevaricación en la actividad de Ecociudad en la planta de recuperación de agua y estación depuradora "La Almozara" durante los años 2015 y 2016, el fiscal cree que "no parece" que la decisión del alcalde de investigar a la empresa concesionaria DRACE "tenga el carácter de injusticia y arbitrariedad" que requiere el tipo penal de la prevaricación, al estimar que "tenía base normativa para hacerlo y la denuncia de unos hechos cuya realidad debía contrastar".

En cuanto a la denuncia falsa sobre la base de los resultados de la información reservada y por la que se presenta denuncia el 3 de mayo de 2016 ante la Fiscalía, el escrito del fiscal la desecha al recordar que ya se archivó en su día "por entender que no existía una falsedad con relevancia penal".

Respecto al presunto delito de trato degradante, contra la integridad moral, o "mobbing" contra el gerente de Ecociudad, el fiscal ha recordado que "no se dan los supuestos que recoge el artículo 173.1 del Código Penal" que exige una relación de superioridad de la que se prevalezca el autor, una reiteración de actos hostiles o humillantes que supongan un grave acoso contra la víctima, y ello dentro de un ámbito laboral o funcionarial.

Según el fiscal "no se da exactamente una relación de superioridad en los términos que exige el precepto indicado, el cargo de gerente es de especial confianza y esa falta de confianza puede dar lugar a su cese sin más requisitos", ha zanjado. No obstante, el cese del gerente no se ha producido por no contar con la mayoría suficiente de votos.

Sobre el presunto delito de falsedad documental, el fiscal entiende que para justificar el cese del gerente se relatan unos hechos que deberían tener un soporte probatorio, pero que "no se aportan con el informe, por lo que hay que entenderlo como simples manifestaciones que no hacen fe de su contenido en tanto en cuanto no resulten probadas".

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