Aragón

Aragón recurrirá ante el Tribunal Constitucional los Presupuestos Generales del Estado 2016

El Consejo de Gobierno ha aprobado interponer un recurso de inconstitucionalidad por considerar que se ha producido una "vulneración de la autonomía" y el "incumplimiento de las disposiciones estatutarias" al no haberse negociado con la comunidad las partidas tal y como se recoge en el Estatuto de Autonomía de Aragón.

El recurso de inconstitucionalidad, que se presentará antes de que finalice el próximo mes de enero, se basaría principalmente en la vulneración del ámbito propio de autonomía de Aragón, que "supone el incumplimiento de las disposiciones estatutarias afectadas".

En concreto, el texto base del recurso alude a la publicación en el BOE el pasado 30 de octubre de 2015 de la Ley 48/2015 de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, sin que el Gobierno de Aragón tuviera conocimiento previo oficial a su aprobación ni con posterioridad a la elaboración del proyecto de ley de los aspectos económicos--inancieros que afectan a la comunidad aragonesa al no haberse empleado los mecanismos previstos en el Estatuto de Autonomía de Aragón a estos efectos.

Además, también se alude a que el Estatuto de Autonomía de Aragón contempla en el artículo 109 la Comisión Mixta de Asuntos Económicos-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón como órgano bilateral de relación entre ambas administraciones en las áreas de financiación autonómica.

De esta manera, le corresponde la concreción, desarrollo, actualización, seguimiento y adopción de medidas de cooperación en relación con el sistema de financiación y las relaciones fiscales y financieras entre ambas medidas y la adopción de las medidas previstas en el artículo 107 del Estatuto en relación a las transferencias, mecanismos de nivelación y solidaridad con el resto de autonomías.

La base del texto igualmente alude a que a la Comisión Mixta de Asuntos Económico-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón le corresponden una serie de atribuciones, que se recogen en el artículo 109.2 del Estatuto de Autonomía y que aluden a la negociación del porcentaje de participación de Aragón en la distribución territorial de los fondos estructurales europeos, proponer medidas de cooperación necesarias para garantizar el equilibrio del sistema de financiación y realizar un seguimiento del cumplimiento del Acuerdo bilateral económico-financiero previsto en el artículo 108.

Además, también se recoge estudiar las inversiones que el Estado hará en Aragón. Un tema sobre el que el Estatuto de Autonomía de Aragón dispone los criterios que habrán de tenerse en cuenta para la fijación de las inversiones estatales en infraestructuras, señalándose que "se ponderarán, con carácter prioritario, la superficie del territorio, los costes diferenciales de construcción derivados de la orografía, así como su condición de comunidad fronteriza, y se incorporarán criterios de equilibrio territorial a favor de las zonas más despobladas".(Disposición Adicional Sexta).

El recurso también incluye otro punto que alude al artículo 108 del Estatuto de Autonomía de Aragón que regula el Acuerdo Bilateral Económico-Financiero con el Estado. De acuerdo con él, "la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón suscribirán un acuerdo bilateral que se formalizará en Comisión Mixta y podrá ser revisado periódicamente de forma conjunta, deberá tener en cuenta el esfuerzo fiscal de Aragón y que atenderá singularmente los criterios de corresponsabilidad fiscal y solidaridad interterritorial".

Finalmente, en el punto quinto, en el documento se indica que, sin perjuicio de la existencia de la Comisión Mixta de Asuntos Económico-Financieros y del ejercicio por ésta de sus atribuciones, el artículo 90 del Estatuto de Autonomía configura la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado como el instrumento principal de relación entre la Comunidad Autónoma y el Estado, por lo que le corresponde, entre otras funciones, deliberar y hacer propuestas, en su caso, sobre la elaboración de proyectos legislativos del Estado que afecten especialmente a las competencias e intereses de Aragón.

Unos motivos por los que el Gobierno de Aragón considera que la aprobación de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, "no ha respetado las previsiones estatutarias al respecto, puesto que ni se ha suscrito el Acuerdo bilateral económico-financiero con el Estado, ni se ha reunido la Comisión Mixta de Asuntos Económico-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón ni tampoco la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado al objeto de cumplimentar las exigencias claramente establecidas en el Estatuto de Autonomía".

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky

endesa