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Aragón abre la convocatoria de ayudas de 1,5 millones para rehabilitar edificios

  • Las solicitudes se pueden descargar desde el apartado de vivienda y urbanismo del Gobierno de Aragón

El plazo de solicitudes estará abierto durante un mes y las ayudas se destinarán para rehabilitar edificios de antes de 1981.

El Boletín Oficial de Aragón ( BOA) ha publicado la orden por la que se abre el plazo para la presentación de solicitudes durante un mes a partir de mañana dentro del nuevo programa de fomento de la rehabilitación edificatoria del Plan Aragonés de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación urbanas, el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes del Gobierno de Aragón.

En concreto, esta convocatoria contempla que se concedan ayudas por valor de 1,5 millones de euros, cantidad que se distribuirá entre las tres provincias aragonesas en función del porcentaje de edificios construidos antes del año 1981.

De esta manera, a Zaragoza le corresponden 915.000 euros (el 61%), mientras que a Huesca le tocan 330.000 euros (el 22%) y a Teruel, 255.000 euros (el 17%). Unas cantidades que podrían seguir prestándose y concediéndose en 2015 en el caso de que se excediera el número de solicitudes.

Dentro de esta convocatoria se podrán pedir las ayudas para la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente.

Además, también se subvencionará la instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares.

Igualmente, las ayudas permitirán sufragar la instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores, así como la instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos.

En general, estas ayudas están destinadas a las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios, o los propietarios únicos de edificios de viviendas. En el caso de los edificios que se destinen íntegramente al alquiler durante, al menos, 10 años a contar desde la recepción de la ayuda, podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas íntegra o mayoritariamente por las Administraciones propietarias de los inmuebles.

Cantidades

La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 4.000 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local del edificio que consten en la escritura de división horizontal, o, en su defecto, en el registro de la propiedad o en el catastro.

Esta cuantía se incrementará a 4.400 euros cuando se trate de edificios declarados bienes de interés cultural, catalogados o que cuenten con protección integral en el instrumento de ordenación urbanística correspondiente. La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por edificio no podrá superar el 50% del coste subvencionable de la actuación.

Requisitos

Para optar a estas ayudas es necesario que el edificio se haya finalizado antes de 1981; que, al menos, el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, y que al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Excepcionalmente, se admitirán en este programa edificios que, sin cumplir los anteriores requisitos presenten graves daños estructurales o de otro tipo, que justifiquen su inclusión en el programa o tengan íntegramente como destino el alquiler, durante al menos 10 años a contar desde la recepción de la ayuda.

Según ha explicado el consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes del Gobierno de Aragón, Rafael Fernández de Alarcón, el objetivo de esta convocatoria es "la rehabilitación de edificios anteriores a 1981 que tengan problemas de accesibilidad para la instalación de ascensores, rampas, salvaescaleras, dispositivos de accesibilidad, instalación de elementos de información o avisos, señales luminosas, todo lo que mejore la accesibilidad del edificio".

En Aragón , el 66% de los edificios de carácter residencial fueron construidos antes de 1981, y el 46% de los edificios tiene más de 50 años. Según los datos que ofrece el Instituto Aragonés de Estadística en el Censo de Viviendas de 2011, publicado en noviembre de 2013, hay en Aragón un total de 39.748 edificios de tipo residencial colectivo (con más de una vivienda), construidos antes de 1981 y de ellos sólo el 21,98% son accesibles, y sólo el 25,38% de los edificios de 4 plantas tiene ascensor.

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