En las demandas se solicita la nulidad del Reglamento del Congreso del PAR y del censo de militantes, por "numerosos incumplimientos legales" y de los Estatutos del Partido Aragonés, así como la suspensión del congreso previsto para los días 23 y 24 de octubre como medida cautelar por "graves irregularidades" en el censo de militantes.
Este es el contenido principal de sendas demandas judiciales presentadas por militantes del Partido Aragonés (PAR)- y registradas por Xavier de Pedro y Miguel Ángel Gorbe- tanto por procedimiento ordinario como para la protección de derechos fundamentales por vulneración del derecho de asociación, recogidos en el artículo 22 de la Constitución Española.
En estas demandas se solicitan la nulidad del Reglamento del XV Congreso aprobado por la Comisión Ejecutiva, por incumplir la Ley Orgánica de Partidos Políticos y los Estatutos del Partido, y el acuerdo adoptado por la Comisión Organizadora del Congreso que incluye "irregularmente" más de 300 nuevos militantes.
Con estas demandas, el objetivo es que se dicten los acuerdos necesarios para que se respeten la Ley Orgánica de Partidos Políticos y los Estatutos del Partido Aragonés, y se garantice la democracia interna del Partido Aragonés.
Además, las demandas registradas recuerdan las irregularidades cometidas en los meses previos al XV Congreso del PAR, convocado por la Comisión Ejecutiva celebrada el 13 de enero de 2020. El Congreso, inicialmente convocado para junio de 2021, fue pospuesto y convocado definitivamente para los días 23 y 24 de octubre de este año.
Según explican, entre las irregularidades incluidas, se recuerda que el censo electoral se cierra tres meses antes de la convocatoria del proceso electoral con el objetivo de evitar afiliaciones fraudulentas justo antes de un proceso. Pese a ello, el censo se aprobó definitivamente por parte de la Comisión Organizadora el pasado 27 de septiembre, con menos de un mes para el Congreso.
Las demandas expresan que "cambiar el censo electoral no es conforme ni con los Estatutos, ni con el Reglamento de organización del Partido Aragonés: no es admisible retrasar deliberadamente el Congreso y pretender convocarlo de nuevo para cambiar las reglas previas democráticas", señalan.
Comisión Organizadora
Las demandas también recuerdan que "es irregular que las reclamaciones al censo electoral sean resueltas por la propia Comisión Organizadora del Congreso, que no es la competente para aprobar el censo de militantes según los Estatutos del Partido Aragonés, que establecen claramente que es la Comisión Ejecutiva la que aprueba el censo de militantes, dando cuenta al Consejo Territorial, que aprobará el número total de compromisarios".
"Lo más grave es que la Comisión Organizadora del Congreso ha modificado sustancialmente el censo de militantes del Congreso aprobado inicialmente por la Comisión Ejecutiva y del que se dio cuenta al Consejo Territorial de Partido el pasado 11 de septiembre", advierte la demanda.
Además, añaden que estas modificaciones suman más de 300 militantes nuevos en un censo aprobado inicialmente de 1.462 militantes. Es decir, que queda modificado en más de un 20 por ciento el censo electoral, alterando de forma muy significativa el reparto de compromisarios en beneficio de unas determinadas comarcas y en perjuicio del resto. Estos cambios son de tal calado que, en la provincia de Teruel, de 512 electores iniciales se pasa a 850, un aumento superior al 45 por ciento, y de forma proporcional, también en compromisarios.
Alcaldes-militantes
Otras novedades que presenta el Reglamento del 15 Congreso del Partido Aragonés, frente a anteriores Congresos, son los nuevos compromisarios "alcaldes militantes", y que los distritos de la ciudad de Zaragoza desaparecen como circunscripción propia para elegir compromisarios. En ambos casos se produce un "grave incumplimiento" de los Estatutos del Partido Aragonés, advierten las demandas.
En cuanto a los requisitos para la presentación de candidatura, el Reglamento del XV Congreso exige el aval del 20 por ciento de los compromisarios, un aval que no figura en los propios Estatutos. Entre otras irregularidades se señala que el voto de los compromisarios es delegable, y no es necesario que sea presencial, cuando el Reglamento del Partido exige que sea presencial.
Las demandas recuerdan que se presentó ante el Defensor del Militante del Partido Aragonés una denuncia de las irregularidades que se estaban produciendo en el proceso del Congreso con el fin de reconducir la situación antes de emprender acciones judiciales, sin que se haya recibido respuesta por la dirección del Partido Aragonés, ni contestación del Defensor del Militante.