Aragón

Aragón abre el plazo para solicitar la devolución temporal de la fianza de los alquileres de locales

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El Gobierno de Aragón ha abierto el plazo para la solicitud de la devolución, de manera temporal, de la fianza depositada en la dirección general de Vivienda y Rehabilitación por el alquiler de espacios de usos distintos a viviendas, esencialmente locales o viviendas usadas como espacios de negocio.

El consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Ejecutivo autonómico, José Luis Soro, ha explicado que esta medida "proporciona liquidez y sirve para afrontar una situación complicada y puntual derivada de la crisis sanitaria" por la pandemia del coronavirus. Se calcula que podrán beneficiar a hasta 3.000 contratos de alquiler.

De esta manera, los arrendadores pueden usar la fianza depositada en el Gobierno de Aragón, correspondiente a dos meses de alquiler, la cual tendrá que ser depositada de nuevo en el plazo de un año. Se trata de una medida derivada de la aplicación del Real Decreto Ley 15/2020, se puede solicitar hasta el 24 de mayo del año que viene y se debe depositar de nuevo en un año, ha informado el Gobierno de Aragón en una nota de prensa.

Soro ha detallado que se ofrece la posibilidad de que esta solicitud se pueda realizar de manera telemática para agilizar los trámites "y con el objetivo de que, en 15 días, puedan disponer de este dinero". Una vez se reabran los registros de manera normalizada, la solicitud se podrá realizar también de manera presencial.

La medida está pensada para aliviar temporalmente la situación económica de algunos negocios y mediante ella el arrendador puede disponer de dos mensualidades del alquiler y pactar con el arrendatario la devolución de dicho dinero. Para que la fianza pueda ser devuelta es preciso un acuerdo de ambas partes.

Soro ha señalado que en "muchas situaciones" se han producido ya acuerdos entre las partes, mientras que los grandes tenedores de locales comerciales o espacios para negocios "han aplicado la moratoria o reducción de cuota a la que obliga también el RDL 15/2020". Esta medida se viene a sumar a las posibilidades para hacer frente al pago de los alquileres.

Normativa

El consejero ha recordado que la Ley 10/1992 obliga a que los arrendadores de locales de negocios deben depositar, al inicio del contrato de alquiler, dos mensualidades de la renta pactada en las subdirecciones provinciales de Vivienda y Rehabilitación. Una vez finalizado el contrato de arrendamiento, se devuelve esta fianza.

En la práctica y con carácter general, la fianza es asumida por el arrendatario y el arrendador se la devuelve si, terminado el contrato, el local se encuentra en las condiciones y estado pactados.

Por otra parte, el Departamento ha indicado que los requisitos para la tramitación telemática son tres, la declaración responsable de aplazamiento en el pago y el acuerdo de aplicación de la fianza al pago de la renta, que deberá ir firmado por arrendador y arrendatario; el modelo de representación para este procedimiento, en su caso; y la ficha de terceros del sujeto obligado.

En la web 'aragon.es', en la pestaña Trámites, existe la opción de acceder a 'Iniciar trámite online'. Se puede llevar a cabo mediante certificado digital o sin ningún tipo de identidad digital, si se carece de ella.

Mediante certificado digital, se puede completar el trámite de forma online en su totalidad. Sin identidad digital, se puede llevar a cabo todo el proceso de tramitación, salvo el último punto de la firma de los documentos que se han de entregar, que se deberá realizar de forma presencial en las Oficinas de Información y Registro, en el horario de lunes a jueves de 9.00 a 14.00 horas y de 16.00 a 17.30 horas y los viernes de 9.00 a 14.00.

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