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Europa redefine las reglas del equipaje de mano con medidas claras para evitar conflictos y retrasos

Persona con equipaje en una aeropuerto | Foto de 123RF/aoc61 | Foto: Servimedia

Los ministros de Transporte del Consejo de Europa aprobaron una reforma del Reglamento 261/2004, que regula los derechos de los pasajeros aéreos. A pesar del voto en contra de España, esta actualización busca adaptarse a los cambios drásticos que ha experimentado la aviación comercial en las últimas dos décadas.

Desde su promulgación en 2004, el transporte aéreo ha vivido un crecimiento sin precedentes. En España, por ejemplo, los pasajeros prácticamente se han duplicado en este periodo, pasando de 165 millones en 2004 a más de 330 millones en 2024, gracias, en gran medida, a la progresiva democratización de los precios de los billetes.

Aunque en Europa el debate sobre la reforma se ha centrado en los umbrales de retraso y las compensaciones económicas, en España ha sido el equipaje de mano el eje de la discusión, alimentada por las sanciones multimillonarias impuestas por el Ministerio de Consumo a varias aerolíneas por cobrar suplementos por determinadas piezas de equipaje.

El fundamento jurídico principal de dichas multas, que además de la sanción económica incluyen una accesoria con la prohibición de continuar con dichas prácticas, está basado en una sentencia del TJUE de 2014, el denominado 'caso Vueling.

Dicha sentencia establece que el equipaje de mano "no puede ser objeto de un suplemento de precio", pero añade "siempre y cuando dicho equipaje responda a las exigencias razonables relativas a su peso y dimensiones", el problema radicó en que no determina cuáles son esas exigencias razonables que convertiría a dicho equipaje en un elemento indispensable del transporte.

EQUIPAJE DE MANO

La reforma del Consejo de Europa establece con claridad que las aerolíneas deberán permitir transportar sin coste adicional un bulto de mano de hasta 40x30x15 cm, el cual se considera indispensable para el viajero. Cualquier equipaje que supere estas medidas, como los "trolleys", podrá estar sujeto a un suplemento de precio, según la política comercial de cada compañía.

Esta definición pone fin a años de ambigüedad jurídica en España, donde más de 50 sentencias de diferentes Juzgados en España afirmaban que la práctica sancionada es perfectamente legal, y otras tantas diciendo exactamente lo contrario, algo que había generado confusión tanto para los consumidores como para las aerolíneas.

Cerca de 50 millones de pasajeros en España viajaron en 2024 sin llevar un 'trolley' a bordo, beneficiándose de tarifas más económicas. La nueva normativa garantiza que estos consumidores no tengan que asumir un coste por un servicio que no utilizan.

Además, el Consejo subraya que los portaequipajes de los aviones solo tienen capacidad para alrededor de 90 "trolleys" en vuelos con más de 180 pasajeros. Esto obliga a muchas aerolíneas a trasladar parte de este equipaje a la bodega en el último momento, generando retrasos y aumentando los costes operativos.

EFICIENCIA Y ACCESIBILIDAD

La reforma también refuerza el principio de libertad tarifaria establecido en el Reglamento 1008/2008, considerado clave para la popularización del transporte aéreo en Europa. La claridad en las políticas de equipaje busca evitar malentendidos y fomentar un acceso más equitativo y transparente al transporte aéreo.

Con estas medidas, el Consejo de Europa da un paso para resolver uno de los temas más polémicos del sector, sentando las bases, indican sus defensores, para una aviación más eficiente y accesible para todos.

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