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Penas de entre 20 y 24 años de cárcel para los asesinos de Samuel Luiz

  • El tribunal sentencia con 10 años de prisión al cómplice del crimen
  • Tres adultos fueron declarados culpables en noviembre de 2024
  • Se confirma la absolución de Katy Silva por parte de la justicia

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha impuesto penas de entre 24 y 20 años a los tres culpables del asesinato del joven Samuel Luiz, mientras que ha decretado 10 años de prisión para el cómplice del crimen, informa EFE.

De esta forma, Diego Montaña ha sido condenado a 24 años de prisión por asesinato con agravamiento de discriminación por la orientación sexual de la víctima. Alejandro Freire ha sido condenado a 20 años por asesinato y 20 años y medio a Kaio Miguel por asesinato (17) y robo con fuerza (tres y medio).

Por su parte, Alejandro Míguez ha sido condenado a 10 años de cárcel en su papel de cómplice. Katy Silva, pareja por aquel entonces de Montaña, ha sido absuelta al considerarse que no participó en el crimen.

Por debajo de las peticiones de la Fiscalía

Las penas acordadas por la Audiencia Provincial son menores a las que pidió la Fiscalía, que solicitó 27 años para Kaio Miguel (22 más cinco por el robo), 25 años para Montaña y 22 para Miguel, además de 13 para Míguez como cómplice.

Según recoge Europa Press, a Montaña se le pondera su intervención directa desde el inicio hasta el final, así como "la extensión del mal causado y su actitud posterior para con la víctima y su familia, mostrando una absoluta falta de empatía y una crueldad que merecen un mayor reproche penal".

En el de Alejandro Freire se advierte "su condición de partícipe destacado (ataca a Samuel por la espalda, lo abate y tira al suelo) y la intensidad de su intervención (propina golpes e impide la defensa y huida de Samuel), casi desde el mismo principio hasta el final".

En las condenas, tiene en cuenta la gravedad del hecho, la extensión del mal causado y los daños psicológicos a la familia. También alude a la falta de empatía y crueldad posterior de los condenados con la víctima, "a la que dejaron tirada en medio de una rotonda, inconsciente y con el rostro ensangrentado".

Una agresión grupal

En la sentencia, se recoge que Samuel, de 24 años, falleció por una agresión grupal, iniciada por Montaña, quien se encontraba acompañado por su entonces pareja al creer que Samuel Luiz, que se hallaba realizando una videollamada, les estaba grabando con su teléfono móvil.

Subraya que el Tribunal del Jurado entendió probado por unanimidad que Montaña interpretó que la víctima era homosexual y que esto "desencadenó la reacción totalmente agresiva contra Samuel, por su animadversión hacia la condición sexual homosexual que le atribuyó".

Así, señala que, de forma sorpresiva y repentina, "se abalanzó sobre Samuel, golpeándole con puñetazos y patadas, principalmente en las zonas de cabeza y cara". Alejandro Freire, amigo de Montaña, "se sumó a dicha acción de forma inmediata, atacando a Samuel por la espalda, rodeándole con fuerza el cuello con su brazo".

"En cuestión de segundos, se adhirieron de forma progresiva al ataque un numeroso grupo de amigos y conocidos de los acusados, que se hallaban en las inmediaciones", asegura la presidenta del Tribunal. Kaio A.S.C., según la resolución, "se integró en el grupo agresor, propinando a Samuel al menos una patada".

Por su parte, Alejandro Míguez. se situó en el punto inicial de la agresión, sin golpear a Samuel. El Jurado entendió probado que, actuando en unidad de acción o bien lo golpearon o bien impidieron su defensa.

Samuel, indefenso

Y es que incide el fallo la víctima "se encontraba totalmente indefenso y desvalido debido al elevado número de personas que lo agredían y rodeaban". A pesar de ello, "en un momento dado", logró incorporarse e intentó abandonar el lugar, ayudado por dos ciudadanos senegaleses, pero fueron perseguidos unos 150 metros por el grupo agresor. Finalmente, cayó al suelo desplomada e inconsciente, momento en el que los acusados y los demás miembros del grupo se dispersaron por diversas calles.

El Tribunal del Jurado concluyó que Montaña, Freire y Kaio "actuaron representándose como probable la fatal consecuencia del fallecimiento de Samuel y asumiendo el riesgo que conllevaba su acción", mientras que Alejandro Míguez "con su participación activa, auxiliando y facilitando la actuación de los demás acusados", representó como probable que los constantes golpes que el resto del grupo le propinaban a Samuel podían causarle la muerte, aceptándolo.

Todos ellos, incide, "actuaron eliminado las posibilidades de defensa de Samuel". Además, Kaio se apropió, indica, de su teléfono móvil. El fallo recalca que los jurados "en ningún momento dan por acreditado que Katy Silva haya participado en la agresión, atribuyéndole una actitud absolutamente pasiva". Por ello, destaca que consideran que no es culpable, porque "primero, trató de contener a Montaña; después, trató de separarlo y, aunque continuó el trayecto de la agresión, no lo hizo con actos absolutamente necesarios ni auxiliares para el fatal desenlace".

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