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El futuro de los afectados por la DANA en España: estos son los pasos que tendrán que dar para recibir las ayudas

Varias personas realizan labores de limpieza tras el paso de la DANA por el barrio de La Torre de Valencia, a 30 de octubre de 2024, en Valencia. / Rober Solana (Europa Press)

Muchos de los damnificados por las inundaciones acontecidas tanto en la Comunidad Valenciana como en otras poblaciones de España confiesan lo mismo: "lo hemos perdido todo". A las trágicas pérdidas humanas y a los daños inmateriales se suman los daños económicos. Desde casas inundadas y muebles destrozados hasta coches y maquinaría en estado siniestro, incluyendo negocios enteros anegados.

En consecuencia, el ministro de Economía, Carlos Puente, recalcó tras la primera noche la "plena disposición de todos los recursos y las ayudas por parte del Estado y las que sean necesarias, también a nivel de la Unión Europea, para facilitar la reconstrucción y la vuelta a la normalidad lo más rápido posible para todas las personas afectadas".

El principal canal de ayuda procederá del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), entidad pública dependiente del Ministerio de Economía encargada de indemnizar a los afectados por catástrofes de esta índole. "El CCS asumirá directamente con sus propios medios la gestión y el pago de las solicitudes de indemnización que reciba, previa valoración de los daños indemnizables que se hayan producido y que continúen produciéndose con motivo de este episodio de inundación extraordinaria", indicó la entidad.

En concreto, el CCS los daños producidos a las personas aseguradas y los daños en los bienes asegurados. En este apartado, se incluyen bienes como viviendas o comunidades de propietarios, vehículos automóviles, locales de oficina, establecimientos comerciales, de servicios y otros inmuebles de uso no industrial, industrias, obras civiles e infraestructuras.

Como único requisito, el CCS exige que la persona o el bien afectado estén asegurados y que tengan su seguro en vigor en el momento en que se produjo la inundación extraordinaria. Y para solicitar la indemnización, los afectados pueden presentar su solicitud vía telefónica (900 222 665) o vía internet (www.consorseguros.es).

Otra vía para recuperar las pérdidas es acudir a las aseguradoras, quienes cubrirán los desperfectos y los daños causados siempre y cuando estén dentro de la cobertura contratada.

Pero, qué ocurre con aquellos bienes afectados que no estuviesen asegurados?

Declaración de zona catastrófica

En esta situación, los damnificados deberán esperar a que el Gobierno declare las comarcas afectadas como zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil (ZAEPC), lo que se conoce como zonas catastróficas. Esta declaración previsiblemente tendrá lugar este martes 5 de noviembre, tras la reunión del Consejo de Ministros.

De aprobarse, habrá que ver qué ayudas directas se plantean y bajo qué cuantías. Mientras que para las cobertura del CCS las cuantías ascenderán a la valoración que el peritaje haga de las mismas, las ayudas que se contemplen por la adopción de la ZAEPC están predefinidas previo acuerdo.

Por poner un ejemplo, tras la declaración de ZAEPC con el incendio de un edificio en la ciudad de Valencia el pasado 22 de febrero, se acordaron unas ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente por valor de 18.000 euros.

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