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Descarrilamiento tren en Madrid: esto es lo que pueden reclamar los afectados

Los afectados por el descarrilamiento del tren tienen un plazo de tres meses para reclamar. | Foto: Xuan Vega / Europa Press.
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Durante este fin de semana miles de personas se han visto afectadas por cancelaciones o retrasos en sus desplazamientos por el descarrilamiento de un tren este sábado en el túnel de alta velocidad que conecta las estaciones de Atocha y Chamartín, en Madrid.

Y, ¿qué derechos tienen los afectados en esta situación? Tanto la operadora pública Renfe como las privadas que circulan por la red de ADIF, en este caso Iryo y Ouigo, tienen la obligación de cumplir con el Reglamento del Sector Ferroviario y el Reglamento (UE) 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre los derechos y obligaciones de los viajeros de ferrocarril, entre otras normativas.

De este modo, si el tren sufre un retraso o una cancelación, el viajero tiene derecho a la información sobre la situación mientras dure la espera. Además, si opta por seguir con el viaje como había previsto o acepta el transporte alternativo hasta su destino, es posible tener derecho a una compensación, según indican desde la Unión de Consumidores de Aragón.

De acuerdo con el reglamento del sector ferroviario, los tres operadores deberán afrontar una devolución del 50% del importe del billete para los retrasos de menos de una hora de duración. El 100% se abonará cuando los retrasos superen los 90 minutos.

Además, si se comunica que el tren llegará a destino con, al menos, una hora de retraso, se podrá anular el viaje y solicitar el reembolso inmediato del importe del billete. No obstante, habrá casos en los que se tendrá derecho al importe íntegro, aunque en otros solo de la parte del billete no utilizada.

También se puede tener derecho al viaje de vuelta al punto de partida inicial, si el retraso le impide cumplir el propósito de su viaje, así como al transporte hasta su destino final en cuanto sea posible o bien en una fecha posterior, a su elección. Puede tratarse incluso de un transporte alternativo cuando el tren se haya quedado bloqueado y el servicio esté suspendido.

Otros derechos son la comida y bebida gratuita, en función del tiempo de espera, si puede razonablemente suministrarse, y el alojamiento si la espera se prolonga hasta el día siguiente. A ello se suma el transporte entre la estación y el lugar del alojamiento.

El plazo para presentar las reclamaciones es de tres meses siguientes a los hechos que dieron lugar a la misma. La respuesta deberá realizarse en el plazo de un mes, y deberá ser motivada. Por causas excepcionales, y cuando el caso lo justifique, informarán al usuario de la fecha para la cual cabe esperar respuesta, sin que pueda ser superior al plazo de tres meses.

En caso de que la empresa operadora de servicios por ferrocarril no acceda a lo solicitado en la reclamación, cabe plantear una reclamación ante la Junta Arbitral del Transporte. No obstante, OUIGO en su hoja de reclamaciones advierte al consumidor de que no está adherido a ningún sistema arbitral, incluido el de las Juntas Arbitrales de Transporte y no aceptará la sumisión a arbitraje.

En todo caso, las personas afectadas que hayan sufrido algún daño y perjuicio adicional, que deberán ser valorados en cada caso, a consecuencia de la cancelación o el retraso del tren, deben guardar los justificantes de los gastos sufridos para efectuar la reclamación.

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