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Un funcionario consigue una indemnización de 150.000 euros por hacer el trabajo de tres personas durante nueve años

Fachada del Ayuntamiento de León. Foto: Wikimedia Commons.

Herminio Turrado, abogado del Ayuntamiento de León, ha conseguido una indemnización de 149.858 euros "debido al exceso de trabajo que tuvo que asumir en solitario" durante años, informa el Consejo General de la Abogacía Española en su página web.

La decisión ha sido tomada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de León, aunque cabe la opción de un recurso del Ayuntamiento de León ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. El tribunal ha justificado la indemnización porque "la situación lesiva fue generada directamente por la pasividad del Ayuntamiento, que en cualquier momento pudo remediarla, pero no lo hizo".

La sentencia se refiere a unos hechos que comenzaron en 2014. Por aquel entonces, el indemnizado trabajaba junto a dos personas más en el equipo de abogados asesores del Ayuntamiento de León, pero debido a varias bajas médicas se vio obligado a hacer el trabajo de tres personas sin que se ocupasen las vacantes.

Esto, según el propio abogado, que se defendió a sí mismo, le generó "daños físicos, psicológicos y morales". El Consejo General de la Abogacía Española explica que durante esos nueve años Herminio Turrado "solicitó al concejal de Régimen Interior y a los responsables de Recursos Humanos que activaran los procedimientos selectivos necesarios para cubrir las vacantes y aliviar la sobrecarga, pero no se tomaron medidas efectivas".

Una situación que, en palabras del indemnizado, supuso un acto de 'mobbing' laboral, "además de la violación de derechos fundamentales y una falta en la prevención de riesgos laborales".

Con la sentencia, asegura Herminio Turrado, se "demuestra que las Administraciones no pueden sobrecargar a los funcionarios sin ofrecer soluciones ante la acumulación excesiva de tareas".

El importe de la indemnización, especifica el comunicado del Consejo General, se tomaron en consideración "el salario y las retribuciones complementarias correspondientes a los puestos vacantes, excluyendo el complemento por productividad".

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