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Los expertos son optimistas con la reforma concursal pero aún hay aspectos por pulir

En septiembre de 2022 entró en vigor la nueva Ley Concursal. Un año después, la sensación del mercado es unánime: se han logrado muchos avances y pasos importantes en la buena dirección. Por ejemplo, los tiempos se acortan para los procesos de refinanciación. El objetivo principal de la nueva normativa es preservar el tejido empresarial y el empleo y dar viabilidad a proyectos en dificultades. Los expertos ven la normativa con buenos ojos y son optimistas, aunque consideran que aún queda mucho camino por recorrer.

"Tras la reforma esperábamos más planes de reestructuración, ya que la normativa introduce el concepto de probabilidad de insolvencia, algo que la anterior normativa no nos permitía. Aunque no nos hemos encontrado con la volumetría que esperamos", apuntó la directora de Prevención de Mora Empresas de Banco Sabadell, Esther Guerra, durante el II Foro Empresarial: La nueva Ley Concursal, un año después: balance, retos y oportunidades, organizado por elEconomista.es.

En relación con esta idea, el managing director y responsable de Restructuring para Iberia de Kroll, Javier Ibáñez Carrasco, alega que "la situación es mejor que la de hace 13 meses. Hay oportunidades para hacer grandes cambios y permitirá refinanciaciones más eficientes. Hay una oportunidad para ensanchar el mercado de las refinanciaciones". La directora responsable de reestructuraciones e insolvencias de Deloitte Legal, Cruz Amado, apunta que "en cuanto a cuestiones a revisar de la normativa, estamos a la espera de ver cómo va a funcionar con la Ley de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles y su relación con los procesos de reestructuración".

Otro de los puntos positivos de esta legislación es que afecta a todas las empresas por igual. Así lo explica la directora responsable de reestructuraciones e insolvencias de Deloitte Legal. "La aplicación de la nueva norma comienza a ofrecer seguridad jurídica a todos los actores en los procedimientos, favoreciendo la entrada de inversores y las operaciones más cercanas al M&A en escenarios entorno a la insolvencia". Por lo que recuerda que "esta ley no es sólo para cotizadas, se está aplicando a compañías de tamaños muy distintos. Hay que resaltar su versatilidad".

Entre las mejoras Guerra alega que "dentro de banco Sabadell, tenemos un área para trabajar con los deudores en momentos previos a la situación de impagos de la deuda, porque tenemos un marco regulatorio como entidad financiera que nos obliga a anticiparnos y también porque queremos acompañar a nuestros clientes. Tenemos que prever estas situaciones, y tenemos que acercarnos a los clientes si ellos no dan el paso. Al final, las entidades financieras tenemos que acompañar a los acreedores".

En palabras del senior advisor de Fortress en España (Carbonia Special Situations) y ex co- responsable mundial de Restructuring en KPMG, Ángel Martín Torres, "la legislación preconcursal que teníamos, derivada también por la crisis, tenía muchos parches con lo que se iba necesitando en cada momento, pero nos dejó bien preparados en relación con otras jurisprudencias y que ha dado lugar a esta legislación. Al final eran muchos ministerios decidiendo sobre esta ley". Asimismo, "una de las cuestiones que no estaba en la legislación anterior era las líneas de circulante en los procesos de refinanciación y si se podía obligar a los acreedores a poner dinero nuevo. La nueva ley concursal no nos ha sacado de esta incertidumbre. Hoy en día depende de las circunstancias. Se ha perdido la oportunidad de regular este aspecto. Aunque no descarto que se haga en el futuro", comenta el socio de Bancario y Financiero de Gómez Acebo & Pombo, Rafael Aguilera.

El objetivo de esta regulación es que "se eviten las refinanciaciones perpetuas", dicta Cobo, que asegura que "ahora con los casos más conocidos y mediáticos, se ve que se está llegando hasta el private equity lo que permite a las empresas tener viabilidad, sin tener que estar pendiente cuando será la próxima refinanciación". "Será bastante ayuda para las empresas familiares, porque hemos visto algunos casos en los que las empresas han desaparecido por este tema".

Cambio de mentalidad

Durante la mesa de debate "El estreno de la normativa. Balance de las primeras reestructuraciones bajo la nueva Ley Concursal" también se trataron temas como la importancia de un cambio de mentalidad. "Al final, es un cambio cultural de los acreedores, de los empresarios y en general de todos los actores. Antes las refinanciaciones se cerraban sobre planes ideales, ahora los empresarios deben tener una visión más realista de su situación financiera y los acreedores deben ser fieles y no abandonar el barco cuando hay una refinanciación. Al final es algo natural en la vida de una empresa, y esto permitirá un tejido empresarial más eficiente", comenta Ibáñez Carrasco.

Al final son los jueces los que dictan la norma. "Ahora mismo hay dos corrientes. Una que va más al espíritu de la ley, y esto ya se está viendo en las sentencias. Los acreedores solicitan contradicción previa para que no derive en impugnación. Hay jueces que siguen otra corriente que está más ligada al texto legislativo íntegramente", dice el senior advisor de Fortress en España (Carbonia Special Situations). A lo que añade que "hay que dejar a los jueces que hagan una interpretación. Ya ocurría antes, los jueces improvisaban sobre la ley. Hay que dejar a ver cómo funciona y luego ya se harán las matizaciones necesarias".

En palabras de Ibañez Carrasco, "las reestructuraciones deben caminar por la puerta principal, y luego el resto de los casos. Al final, los acreedores tienen derechos de impugnación. Tenemos que ver cómo se va aplicando en la práctica la ley y que se vaya unificando el decreto en los juzgados". Y añade que "la figura del experto en estos casos es muy vaga. Hay muchas cuestiones abiertas que son debatibles como quien puede ser experto y cuáles son sus funciones".

Comparación con Europa

Si se compara la nueva ley concursal con el resto de Europa, "no se ha conseguido armonizar, aunque si se compara con el mercado americano son años y años que tienen especialistas y no tienen la estigmatización que tenemos, por ejemplo, en el sur de Europa. La única que puede devolver la deuda es la empresa, hay que hacer algo realista y eso significa un periodo de negociación amplio. El norte es distinto, la figura del asesor independiente que tienen en Alemania y que se está usando en pequeñas empresas, está bien si de verdad son ajenos", afirma Martín Torres.

Siguiendo esta línea, la directora responsable de reestructuraciones e insolvencias de Deloitte Legal, apunta que "siempre nos hemos comparado con Reino Unido y Países Bajos. En Reino Unido se sigue señalando los altos costes como una barrera de entrada". Además, el managing director de Gordon Brothers de Iberia, Álvaro Cobo, puntualiza que "como inversor internacional que somos vemos que en España había una nueva ley que tenía buena pinta. Ahora un año después consideramos que es una legislación bastante sólida y que a nosotros no está animando a invertir más, el único punto que queda sería los riesgos de proceso a los que uno se enfrenta y el tiempo que lleva, que, en comparación con otros países, sigue siendo bastante largo y pone a España en un nivel inferior a la hora de invertir".

Además, la directora de Prevención de Mora Empresas de Banco Sabadell agrega que "en comparación con otros países. Hay casos y casos. En otros países, el precio de la compañía te lo da el mercado. En menos de un mes un negocio en Alemania se ha vendido, por lo que todo se puede acelerar".

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