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Atención: estos son los motivos por los que puedes perder el Ingreso Mínimo Vital

Foto: Dreamstime

¿Tengo derecho al Ingreso Mínimo Vital? Esta es la pregunta que muchas personas se hacen. Esta prestación es el salvavidas de muchas familias que sufren exclusión social, permite que estas personas tengan cierta independencia económica. No obstante, con la intención de que esta ayuda este reservada a los ciudadanos que realmente la necesitan, la Administración establece una serie de parámetros para mantener esta prestación.

¿Pueden suspender mi derecho a recibir el Ingreso Mínimo Vital?

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben cumplir continuamente ciertos requisitos para no perder el derecho a percibir este pago mensual. Por este motivo, a pesar de cumplir con todos los requisitos, el derecho a la prestación puede suspenderse temporalmente por diferentes motivos:

- Pérdida temporal de alguno de los requisitos exigidos para el cobro de la ayuda.

- Incumplimiento temporal de las obligaciones para acceder a la prestación.

- Cuando haya indicios de que se están incumpliendo las obligaciones, hasta que se resuelva la duda.

- Viaje al extranjero por un periodo continuado o no superior a 90 días al año, sin haber comunicado a la entidad gestora con antelación el traslado, ni estar debidamente justificado.

- Recibir ingresos derivados de un trabajo o de una actividad como autónomo que sean incompatibles con el Ingreso Mínimo Vital.

Esta suspensión se mantendrá mientras persista la carencia de requisitos. No obstante, si la suspensión se mantiene durante un año, el derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital se extinguirá por completo.

¿Puedo perder definitivamente el derecho a recibir el Ingreso Mínimo Vital?

El derecho a recibir el Ingreso Mínimo Vital puede extinguirse por completo. Para que esto ocurra, la Administración establece los siguientes motivos:

- Fallecimiento de la persona titular.

- Pérdida definitiva de alguno de los requisitos exigidos para el mantenimiento de la prestación.

- Salida del territorio nacional sin comunicar ni justificar el motivo a la entidad gestora durante un periodo, continuado o no, superior a 90 días al año.

- Renunciar al derecho.

- Suspensión de la prestación por un periodo superior a un año.

- Incumplir reiteradamente la prohibición de recibir ingresos derivados de un trabajo o de una actividad como autónomo que sean incompatibles con el Ingreso Mínimo Vital.

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