Empresas y finanzas

Energía se plantea exigir a ACS los 1.350 millones recibidos por Castor

  • El consumidor pagará el coste del polémico almacén en 2018
  • La sentencia del TC anula los contratos con Santander, Bankia y La Caixa
En la imagen, el almacén de gas Castor. Foto: Efe.

El Ministerio de Energía está buscando soluciones para resolver la forma de pago del fallido almacén de gas Castor y las únicas salidas que parece tener por el momento es cargar su coste a los Presupuestos Generales o crear un nuevo impuesto destinado a este fin. Editorial: Necesaria firmeza en el caso del almacén de gas Castor

Mientras el Gobierno deshoja la margarita de las posibles soluciones así como las cantidades o encuentra otra vía imaginativa, la sentencia del Tribunal Constitucional ha abierto la caja de Pandora de un asunto con una elevada complejidad técnica y jurídica que ha puesto patas arriba toda la formulación que articuló el anterior ministro de Industria, José Manuel Soria, y el hermano del actual titular de la cartera, Alberto Nadal.

Según explican fuentes jurídicas consultadas por este diario, la sentencia del Constitucional supone en la práctica anular todos los contratos firmados entre Santander, Bankia y Caixa con el Tesoro y asimismo la legitimidad de los pagos. Además, el Gobierno incluyó una cláusula que asegura la devolución del dinero si existía un dolo o negligencia en la actuación de ACS y Escal, aunque por el momento no se ha demostrado.

Con este escenario, la opción que se está barajando es reclamar la devolución de los 1.350 millones a los promotores de forma que la deuda con los bancos pueda liquidarse automáticamente y poner el contador a cero para comenzar a negociar la indemnización final por la planta y justificarla, una de las exigencias del Constitucional.

Otra de las opciones que existen es la habilitación de un crédito extraordinario por parte del Gobierno pero los costes financieros del mismo serían muy cuestionables al existir la opción de pedir la devolución a ACS.

El Ejecutivo tiene además la puerta abierta de los Presupuestos Generales del Estado que siguen sin aprobarse. El Gobierno puede asumir el pago de los 90 millones que anualmente tiene que desembolsar el sistema gasista recortando de otras partidas pero este extremo parece complicado. El Ejecutivo aprobó a principios de julio del año pasado el límite de gasto no financiero para 2018, conocido como techo de gasto, que sube un 1,3 por ciento, hasta los 119.834 millones de euros y apenas ha aceptado enmiendas.

Energía tiene tiempo para estudiar el asunto. La sentencia del Constitucional no es efectiva mientras no se publique en el Boletín Oficial del Estado. De hecho, esta situación ha permitido la primera argucia. El ministerio ha aprobado los peajes de la tarifa del gas para 2018 incluyendo el coste del Castor, es decir, que durante todo este ejercicio los consumidores de gas seguirán pagando por esta infraestructura pese a que ya hay una sentencia que rechaza este cobro.

Con esta decisión, la cantidad que tiene que volver al sistema gasista pasará de los actuales 200 millones a cerca de 300 millones que podrán dedicarse en un futuro o bien a reducir el déficit de tarifa de gas -que supera los 1.300 millones aunque ya ha sido titulizado- o a rebajar el recibo a los consumidores que han visto como este año el precio ha comenzado con una subida de entre el 4,9% y el 6%.

El almacén de gas Castor costó casi el triple de lo previsto. Según las primeras estimaciones que barajaron los promotores, iba a suponer un desembolso de 500 millones frente a otras opciones como unos tanques en las regasificadoras que costaban 900 millones.

La decisión del Constitucional abre la puerta a una revisión de las cantidades con las que se acordó indemnizar a los promotores del almacén que generó 500 terremotos en la costa de Castellón y Tarragona en su llenado en 2014 o en su caso justificar las cuantía a pagar.

El Tribunal consideraba que resultaba injustificada "la necesidad de que la compensación reconocida en aquel precepto legal haya de ser abonada "en un solo pago (...) en el plazo de 35 días hábiles desde la entrada en vigor de este Real-Decreto ley". El Constitucional critica que ni en el preámbulo del mismo, ni en el debate de convalidación celebrado en el pleno del Congreso, se ofreciese explicación alguna de este término "tan perentorio", aunque resultan de sobra conocidos los apuros financieros que en aquel momento tenía la sociedad del Castor para hacer frente al pago de unos bonos emitidos por Watercraft Capital.

En particular, critica el Constitucional, "no se explica qué función cumple ese plazo en relación con el presupuesto habilitante de la norma de urgencia: la necesidad de garantizar la seguridad de personas, bienes y el medio ambiente en el entorno de la instalación".

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