
El tribunal anula la adjudicación por entender que los méritos que se pedían 'privilegiaban' al elegido
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ( TSJA ) ha anulado la adjudicación en 2009 de una plaza de catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad Pablo de Olavide (UPO) de Sevilla al entonces profesor Eduardo Gamero, tras el recurso interpuesto por el catedrático de esa especialidad de la Universidad de Huelva, Javier Barnés. Los jueces basan su resolución, en una sentencia excepcional en el ámbito universitario español, en que esa adjudicación se hizo atendiendo a un perfil -en concreto, que el candidato hubiera cultivado el Derecho del Deporte- que beneficiaba a un profesor que ya pertenecía al departamento convocante.
La sentencia es firme y no cabe contra ella recurso ordinario, aunque el propio Barnés ha señalado a Ecoaula que podría interponerse uno de carácter extraordinario de reposición ante el Tribunal Supremo por parte de la UPO o del propio Gamero. La consecuencia de la sentencia, caso de que no se recurriera, es la anulación de la adjudicación y la convocatoria de un nuevo proceso para cubrir esa cátedra.
El TSJA da la razón al recurrente en el sentido de que el baremo de méritos "privilegiaba a quien reunía una específica condición: haber cultivado el Derecho del Deporte" y "por ende, situaba a los posibles partícipes en el concurso en diferente posición de partida". Al favorecer al "candidato local", añade el tribunal, "se contradicen de lleno las condiciones de igualdad, mérito y capacidad que se han de garantizar en todas las convocatorias", pues "ningún criterio previo existía en la UPO acerca de las necesidades docentes del Derecho del Deporte", ni "había planificado ni previsto necesidad alguna para una plaza de tal perfil".
Precisa la sentencia que no discute el derecho de la Universidad a matizar el perfil de las plazas que convoca, sino que "para el uso de esa facultad discrecional con la que cuenta se proclama su deber legal de razonar ese matiz".