Tributos

Resolución preciosa de Tributos

La Directiva 2003/88 CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre,

establece una pautas relativas a los periodos mínimos de descanso, de los que deben

disfrutar todos los trabajadores de los sectores de actividad público y privado. Es notorio

que las modalidades penosas de organización del trabajo y los periodos largos de

actividad laboral pueden entrañar riesgos para la salud humana. De ahí que la referida

Directiva establezca unas disposiciones mínimas sobre el descanso diario y semanal, y

también respecto de la duración máxima de trabajo semanal. Disposiciones mínimas que

pueden ser excepcionadas, desde el respeto de los principios generales de protección de

la seguridad y de la salud de los trabajadores, en atención a las características especiales

de la actividad realizada, o cuando la jornada no tenga una duración media o

predeterminada

La Directiva 2003/88 CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre,

establece una pautas relativas a los periodos mínimos de descanso, de los que deben

disfrutar todos los trabajadores de los sectores de actividad público y privado. Es notorio

que las modalidades penosas de organización del trabajo y los periodos largos de

actividad laboral pueden entrañar riesgos para la salud humana. De ahí que la referida

Directiva establezca unas disposiciones mínimas sobre el descanso diario y semanal, y

también respecto de la duración máxima de trabajo semanal. Disposiciones mínimas que

pueden ser excepcionadas, desde el respeto de los principios generales de protección de

la seguridad y de la salud de los trabajadores, en atención a las características especiales

de la actividad realizada, o cuando la jornada no tenga una duración media o

predeterminada

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