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Sentencia histórica: Pablo Soto declarado inocente en el juicio contra las discográficas

Pablo Soto, creador del 'software' de intercambio de archivos Blubster y ManolitoP2P, y demandado por varias compañías discográficas por infringir la propiedad intelectual con estos programas 'peer to peer', ha sido absuelto de todos los cargos y tendrá que ser compensado con las costas del juicio por sus demandantes. Lea aquí la sentencia

Al joven informático le reclamaban más de 13 millones de euros por crear programas de intercambio de archivos a través de Internet responsabilizándole de las posibles infracciones de los millones de usuarios que descargan y ofrecen música con esas aplicaciones. La sentencia, del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, desestima íntegramente la demanda y condena en costas a las demandantes.

En junio de 2008, el programador Pablo Soto y sus empresas de software fueron demandadas por las cuatro majors de la industria discográfica mundial, a la que se unió PROMUSICAE, su patronal. El juicio se celebró en Madrid en el año 2009 y ahora ha recaído la sentencia que es totalmente favorable al desarrollador español demandado.

La demanda, que llegó a calificar las herramientas objeto del procedimiento como ?armas de destrucción masiva? y a Pablo Soto como ?el gran traidor de la causa P2P?, adjuntaba hasta nueve periciales para acreditar sus tesis. Sin embargo, tras varios años de procedimiento y un juicio que duró un total de 15 horas, la sentencia coincide plenamente con la postura jurídica sostenida por la defensa argumentando que el desarrollo de una tecnología que puede ser usada por particulares para el intercambio de música no es una infracción de propiedad intelectual.

El Juzgado, que pese a lo manifestado por las demandantes considera que la actividad de Pablo Soto y sus empresas era aboslutamente transparente, considera además que ha quedado acreditado que los demandados no almacenaban ningún archivo musical y que -las sentencias firmes hasta la fecha- coinciden en manifestar que 'en ningún caso [es una infracción] el mero hecho de facilitar esa conducta de intercambio de música.

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