Jurisprudencia del Tribunal Supremo
- 18/05/2016, 06:00
La remuneración de la antigüedad de un trabajador en una empresa en caso de despido, no se modifica por el hecho de haber existido interrupciones más o menos largas en el servicio al mismo empleador, sobre todo si tales interrupciones fueron por imposición de ela empresa, según establece el Tribunal Supremo, de 23 de febrero de 2016.