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Conozca el concepto jurisprudencial de despido tácito

La figura del despido tácito, que no está regulada legalmente y es una elaboración de la jurisprudencia, surge cuando existe una voluntad del empresario de extinguir el contrato de trabajo, no manifestada en una declaración escrita o verbal, sino mediante hechos o actos  concluyentes que revelan la intención inequívoca del  empleador de dar por finalizada la relación laboral. Lo recoge esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, con fecha de 2 de junio de 2011.

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