El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado la condena a una trabajadora a abonar a la empresa el dinero gastado por las llamadas y SMS enviados desde el móvil facilitado por la empresa a servicios de tarificación adicional (líneas 800) de tarotistas y semejantes.
Se trata del caso de una empleada que tenía asignado un terminal de teléfono móvil con tarjeta, y que lo utilizó para realizar llamadas por un importe de más de 26.500 euros en un periodo de algo más de un año. De ahí que la empresa optara por un despido disciplinario.
Ahora, el Tribunal, el fallo del que es ponente el magistrado Criado Fernandez, resuelve el recurso interpuesto por la trabajadora en relación con la indemnización a la empresa por el dinero gastado en teléfono, en el que asegura que, dado que las llamadas se produjeron durante más de un año, "no era necesario esperar al último de los hechos ni al momento del despido para reclamar los daños y perjuicios".
Por tanto, la fecha depara el inicio del cómputo de la prescripción de la acción debería ser, a juicio de la defensa de la trabajadora, la fecha que figura en cada factura, puesto que a partir de tal fecha la empresa conocía o podía conocer su importe y contenido y no consta que la trabajadora hubiese ocultado el contenido de las facturas ni que tuviese capacidad de hacerlo". El Tribunal, por su parte, rechaza estos argumentos, ya que "lo que se reclama no es algo que se devenga mensualmente, sino una indemnización dimanante del incumplimiento de las obligaciones laborales de la trabajadora que ha ocasionado un perjuicio económico para la empresa, que se va produciendo a lo largo del tiempo en que la demandada ha incurrido en dicha conducta".
Así la acción resarcitoria "no puede entenderse nacida hasta que deja de tener lugar dicha conducta o bien la empresa tiene conocimiento de la misma, siendo ello una consecuencia de la doctrina de la actio nata, que sostiene que no pueden comenzar a contarse los plazos de prescripción si las acciones no han nacido todavía". (TSJ de Asturias, 28-06-2013)