En la madrugada del 29 de marzo, Argentina propuso dos fórmulas de reestructuración de los holdouts. La primera implica un bono par con vencimiento en 2038 y cupones de pago que ascenderán del 2,5% al 5,25% durante la vida de los bonos, con los intereses atrasados por adelantado en efectivo. La segunda opción son bonos descuento con vencimiento en 2033 y un cupón mayor del 8,28%, con los intereses atrasados en forma de bonos con vencimiento en 2017 y un cupón del 8,75%. Ambas incluyen garantías del PIB. No estamos seguros de que el tribunal de apelaciones vaya a encontrar la oferta viable o atractiva (el consenso dice que no). La decisión se derivará de la postura del tribunal sobre las responsabilidades de Bank of New York (al fideicomisario de los titulares de bonos de canje frente al agente de pago de Argentina), así como de las implicaciones de la tenencia de pagos de bonos de canje cautivos y contingentes a los pagos de holdouts. Mantenemos que se producirá un impago si el tribunal ordena a Argentina pagar a los holdouts cualquier cantidad por encima de los términos de la oferta del 29 de marzo y vincula los pagos programados de deuda reestructurada a dichos pagos de holdouts.
Por Juan Lorenzo Maldonado.