Argentina y los obligacionistas que se acogieron al canje de la deuda están realizando esfuerzos cada vez más desesperados por desbaratar a los inversores que no se acogieron al canje de 2001. Estos inversores, encabezados por Elliott (un fondo de cobertura) obtuvieron una importante victoria en un tribunal de Nueva York a finales de 2012, en una sentencia que consideraba que sus bonos eran pari-passu con los nuevos bonos (tenían la misma categoría) y que los pagos a estos últimos debían ser compartidos con los primeros. Sigo pensando que Elliott se lo ha ganado, y muy merecidamente, aunque Argentina puede encontrar un modo legal de escabullirse. El quid de la cuestión es el argumento de los acusados de que la sentencia impide que el agente de Argentina entregue el dinero destinado a determinados obligacionistas. ¿Está Argentina obligada a incumplir los pagos? En absoluto, se trata de otra afirmación falsa y engañosa: el país incumple sus pagos únicamente si desacata la sentencia. El impago a los inversores no hace que sus contratos sean nulos y no tengan efecto, lo mismo que tampoco lo hace el hecho de llegar a un acuerdo mutuo con algunos de ellos, ni aprobar una ley local que diga que no se puede pagar.
Por David Nowakowski.