
La gran pregunta que ha unido las últimas semanas al sector sanitario con el Ministerio de Hacienda es: ¿qué producto sanitario se puede considerar que su uso es vital para una minusvalía o discapacidad? En respuesta a esta cuestión están en juego unos 1.000 millones de euros. Se entiende, por tanto, tanta preocupación y reuniones en los últimos días. Y todo, por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de hace ya nueve meses, que obliga al Gobierno español a subir todos los productos sanitarios que hasta ahora tenían un tipo reducido del 10% de IVA hasta el 21%.
Y como producto sanitario entra prácticamente todo: desde gafas a vendas, prótesis (como la del Rey), equipos de hospitales... Europa sólo permite aplicar el tipo reducido a los productos destinados a personas minusválidas. Y ponen como claro ejemplo un tipo: las sillas de ruedas.
Tras la sentencia, tanto las compañías sanitarias como el propio Gobierno acordaron ver la mejor manera de reducir en lo posible el varapalo económico que supone el mandato de Bruselas. Y es que hay que recordar que los servicios sanitarios no pueden repercutir la subida del IVA en el usuario, por lo que tienen que asumir como gasto todo incremento impositivo.
Las prótesis, quizás
La solución propuesta por las compañías es llegar a demostrar que muchos de estos productos sí pueden entrar en la categoría de minusválidos. El ejemplo que ponen las empresas: las prótesis y las gafas. Alguien que necesita una prótesis de cadera es que prácticamente no puede moverse. Y para las gafas, más de lo mismo: cubren una grave discapacidad visual.
Aunque los ejemplos son fácilmente comprensibles, no parece que el Gobierno esté dispuesto a ceder tanto por miedo a otra grave reprimenda de Bruselas. Todo hace indicar, según las fuentes consultadas por este periódico, que las gafas no podrán librarse de la subida del IVA, mientras que en las prótesis la negociación todavía está abierta con Hacienda.
Tras este catálogo de productos, el siguiente objetivo de las compañías sanitarias va a ser hacer ver a las autoridades comunitarias que muchos de estos productos deberían ser considerados como productos básicos, de primera necesidad, para los que están pensados el tipo superreducido de IVA, como ocurre con sus hermanos los medicamentos, que siguen tributando al 4%.
Igualmente, las empresas sanitarias -que en este caso se han unido en torno a la patronal de tecnologías sanitarias (Fenin) y de hospitales y aseguradoras (IDIS)- aseguran que hay otros países de Europa donde no se aplica el tipo general a los productos sanitarios, como por ejemplo Irlanda e Italia, por lo que no es algo unificado en la Unión Europea.