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El Supremo ratifica la condena de cárcel contra Ruiz Mateos por el caso "Mundo Joven"

El Supremo ha rechazado los recursos de José María Ruiz Mateos y otros tres acusados por la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó al empresario a tres años de prisión y multa de 21.600 euros por los delitos de alzamiento de bienes e insolvencia punible.

El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de José María Ruiz Mateos y otros tres acusados por la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de octubre de 2005, que condenó al empresario a tres años de prisión y multa de 21.600 euros por los delitos de alzamiento de bienes e insolvencia punible en los que incurrió en el denominado "caso Mundo Joven", que juzgó una operación inmobiliaria fraudulenta relacionada con la empresa del mismo nombre.

El Tribunal Supremo ratifica así el fallo de la Audiencia madrileña, que condenaba también condena a Enrique Coca Autrán, Carlos Solana Contreras y Antonio Sánchez Fariñas por los mismos hechos a dos años de prisión a cada uno de ellos, inhabilitación del derecho al sufragio y multa de ocho meses con una cuota diaria de 20 euros (4.800 euros en total).

Venta de Mundo Joven S.A.

Los hechos probados declaran que los socios de la empresa Mundo Joven S.A. ante las dificultades financieras que atravesaban y con la finalidad de que la sociedad pudiera continuar su actividad negocial decidieron realizar gestiones para vender la sociedad. De esta situación tuvo conocimiento José María Ruíz Mateos, recurrente, que ordenó a sus colaboradores que tomaran conocimiento de la sociedad.

Así conocieron la existencia de un activo de la sociedad, el inmueble que constituía la sede social valorado en 150.000.000 millones de pesetas. "Ante la promesa de tales negociadores de José María Ruíz Mateos de que continuaran la actividad de Mundo Joven S.A., sus integrantes decidieron vender la misma por el precio simbólico de 600 pesetas (1 peseta por acción), asumiendo los compradores la situación de la empresa".

José María Ruíz Mateos "que ocultaba estar detrás de esta operación de compra" y de acuerdo con los otros condenados realizaron las distintas compras y ventas de sociedades que suponen la salida del activo de la S.A. Mundo Joven del inmueble que, previa cancelación de la hipoteca, y pese a la prohibición de disponer, acuerdan, vender a la entidad bancaria que ocupaba el piso inferior la mencionada sede social de Mundo Joven.

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