Procesal

Opera la cosa juzgada también cuando no exista perfecta identidad entre procesos

Los dos requisitos que deben concurrir para que opere la cosa juzgada en sentido positivo son la identidad subjetiva entre las partes de los dos procesos y la conexión  existente entre los pronunciamientos. Y ello tiene lugar pese a que no exista una perfecta identidad entre los objetos de ambos procesos ya que dicha perfecta identidad se exige para la cosa juzgada en sentido negativo -que impide entrar a conocer por segunda vez lo ya juzgado- pero no para la cosa juzgada en sentido positivo, que no impide entrar a conocer el nuevo pleito sino que obliga a resolverlo en idéntico sentido al primero. Lo recoge esta sentencia del Supremo, con fecha de 26 de mayo de 2011.

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