Procesal

La suspensión por vía administrativa se mantiene mientras la garantía esté vigente

La suspensión producida por vía administrativa, cuando el interesado comunique a la Administración tributaria en el plazo de interposición del recurso contencioso-administrativo que ha interpuesto dicho recurso y solicitado la suspensión en éste, se mantendrá y continuará siempre que la garantía que se hubiese aportado en vía administrativa conserve su vigencia y eficacia, hasta que el órgano judicial adopte la decisión que corresponda en relación con la suspensión solicitada. Lo afirma esta sentencia del TSJ de Castilla-León, con fecha de 16 de diciembre de 2010.

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