Procesal

El error de hecho ha de patentizarse por prueba eficaz, sin recurrir a deducciones lógicas

El error de hecho ha de ser evidente y fluir, derivarse y patentizarse por prueba pericial o documental eficaz y eficiente, sin necesidad de acudir a deducciones más o menos lógicas o razonables, pues dado el carácter extraordinario del recurso de suplicación y de que no se trata de una segunda instancia, no cabe llevar a cabo un análisis de la prueba practicada con una nueva valoración de la totalidad de los elementos probatorios, según sentencia del TSJ de Castilla-León, de 15 de diciembre de 2010.

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