El Gobierno vasco aplicará el copago farmacéutico a partir del próximo 1 de julio, en cumplimiento del auto del Tribunal Constitucional que suspendió el decreto del Ejecutivo autónomo que pretendía evitarlo, según han anunciado el portavoz del Gobierno vasco, Josu Erkoreka, y el consejero vasco de Sanidad, Jon Darpón.
En rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, Erkoreka ha destacado que, a diferencia con lo que ocurre en otras Comunidades autónomas, en el País Vasco, las personas que lleguen al tope de aportación no tendrán que 'adelantar más dinero y esperar después a que les sea reembolsado'.
De esta forma, los perceptores de las pensiones más bajan pagarán un máximo de ocho euros al mes 'y en ningún momento tendrán que hacer aportaciones por encima de esa cantidad'.
Por su parte, Darpón ha recordado que el Ejecutivo está en desacuerdo con la aplicación del copago pero lo hará en cumplimiento del auto del Tribunal Constitucional que dejó en suspenso determinados artículos del decreto 114 del Gobierno vasco.
Según ha explicado, el Ejecutivo autónomo lleva seis meses trabajando en una aplicación informática para instalar en las farmacias con el objetivo de que sea 'lo menos gravosos para la población, especialmente, para los pensionistas'.
Entre los colectivos exentos de pago, estarán las personas con discapacidad, los perceptores de renta de garantía de ingresos, los perceptores de pensiones no contributivas o los parados que han perdido el subsidio.
Tablas del nuevo copago farmacéutico en Euskadi:
Activos:
-Ingresos inferiores a 18.000 euros: seguirán costeando el 40% como hasta ahora
-Ingresos entre 18.000 y 100.00 euros: pagarán en total el 50% del precio.
-Ingresos superiores a 100.000 euros: pagarán el 60% del precio del medicamento.
Pensionistas:
-Ingresos inferiores a 18.000 euros: 8,14 euros al mes.
-Ingresos entre 18.000 y 100.000 euros: 18,32 euros al mes.
-Ingresos superiores a 100.000 euros: 61,08 euros al mes.
Una vez alcanzados esos topes, no deberán pagar ni un céntimo más.
Exentos:
-Afectados por síndrome tóxico.
-Personas con discapacidad contemplada en la normativa específica.
-Perceptores de la Renta de Garantía de Ingresos o de Pensiones No Contributivas.
-Parados de larga duración a los que se les haya agotado el subsidio.
-Personas en tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.