Opinion legal

La necesidad de mejorar el proyecto de Ley de Auditoría

Foto: Archivo

El pasado 13 de febrero el Consejo de Ministros aprobó la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de Auditoría de Cuentas. La actual entró en vigor hace sólo cuatro años, tiempo insuficiente para entender en toda su dimensión sus efectos y que ha exigido un gran esfuerzo de aprendizaje y adaptación a los profesionales. Por eso, si no fuera por algunos hechos muy relevantes, sería difícil comprender que en tan breve periodo el Ejecutivo presente una nueva modificación del marco normativo de la auditoría de cuentas.

Pero en el mundo, y en especial en Europa, han sucedido estos últimos años acontecimientos de gran calado, a los que ningún ciudadano y sector son ajenos, y menos a la auditoría, que tiene un papel determinante en la economía, la inversión y, a la creación de empleo. El deterioro que estos tres ámbitos han sufrido está generando un proceso de revisión de sus pilares en el que todavía estamos inmersos.

Esta nueva ley debe ser una parte importante en este ejercicio de reflexión que la auditoría, como el resto de sectores, está llevando a cabo. Por tanto es una Ley necesaria, pero siempre y cuando no se olvide que tiene que acercarnos a Europa y que tiene que garantizar el cumplimiento de los objetivos de la Directiva y del Reglamento Europeo: mejorar la confianza de los usuarios de la información económica financiera que se audita, en especial la de las Entidades de Interés Público (EIP), y reforzar la calidad de las auditorías, fortaleciendo, además, la independencia de los auditores.

Las corporaciones que representan a los auditores compartimos plenamente estos objetivos. Es más, sabemos que sólo alcanzándolos los auditores podrán adaptarse a las exigencias que nos marca la sociedad. Por eso, desde el pasado 1 de agosto, fecha en la que se nos entregó el primer borrador de ley, hemos ofrecido al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y al Ministerio de Economía y Competitividad nuestra total disposición a colaborar en su redacción e implantación. Desgraciadamente, esta propuesta de colaboración no se ha visto correspondida, al menos no en la forma y tiempos en que una ley tan importante debe elaborarse. No obstante, creemos que aún hay tiempo para trabajar juntos y conseguir la mejor ley posible.

La falta de madurez del proyecto se refleja claramente en uno de los aspectos más importantes del mismo, el tratamiento de lo que es una EIP. En primer lugar, la nueva legislación europea apuesta claramente por distinguir entre la auditoría de EIP y las restantes, estableciendo unos requisitos y prohibiciones de prestación de determinados servicios sólo para las primeras. Nuestro legislador, en cambio, ha creído conveniente extender el régimen de las EIP, en buena medida, a todos los trabajos, desapareciendo así la clara separación por la que se decanta la UE. La principal consecuencia es que se genera un régimen más complejo y costoso para las auditorías de no EIP, lo que influye negativamente, tanto en los auditores como en sus clientes, que tendrán que afrontar mayores costes que sus competidores.

En segundo lugar, y avanzando en dirección contraria a la UE y a la opinión del Consejo de Estado, la reforma va a hacer que se incremente el número de EIP que hay en España, que ya es 11 veces superior al de Alemania. Se incide así en el error de considerar como entidades de interés nacional a muchas empresas que no tienen este carácter.

Estos dos problemas relacionados con la aplicación del régimen de EIP desvían al proyecto de ley español de uno de los principales objetivos perseguidos en la UE. Teniendo en cuenta el elevado nivel de concentración que presenta el mercado de las auditorías a EIP en el viejo continente, se supone que la nueva legislación iba a incluir medidas para reducir estos niveles e incrementar la competencia. Esta expectativa no se cumple. Más preocupante aún, si cabe, son los problemas de inseguridad jurídica relacionados con la independencia y la extensión de las incompatibilidades. El ejemplo más notable es la forma en que se intenta definir el círculo de los familiares próximos de los auditores que debe servir para evaluar su independencia.

Una mención especial merecen los problemas de la ley vigente a los que la nueva no da solución alguna. El más relevante es el que afecta al modelo de examen para acceso al ROAC por el que se sigue optando. Persiste el error de exigir que la formación teórica necesaria para lograr la acreditación para ejercer como auditor sea anterior a la práctica.

Es imposible finalizar este análisis de la nueva ley sin detenerse en uno de los cambios que más perjudican a los auditores: la eliminación del trámite de información sobre expedientes sancionadores en el Comité de Auditoría del ICAC. Hasta el momento, en este órgano de carácter consultivo, otros reguladores, la Abogacía del Estado, el Tribunal de Cuentas, la IGAE, catedráticos de prestigio o las corporaciones de auditores, tienen la oportunidad de expresar su opinión sobre los expedientes de sanciones.

En el caso de que haya recursos por la vía judicial, esta opinión es muy relevante para los jueces. La nueva ley suprime este trámite, limitando el derecho a un instrumento de defensa con el que cuentan otros profesionales en otros organismos supervisores.

Teniendo en cuenta todos estos aspectos que deben ser corregidos o mejorados, es normal que el sector en bloque no se sienta parte activa en el proceso de elaboración del proyecto y que muestre una enorme preocupación por las consecuencias que podría tener su aprobación si se mantiene la actual redacción. Los auditores no pedimos nada más que una nueva Ley de Auditoría que no nos aleje de Europa, que aplique las opciones de estado miembro que eviten desventajas competitivas para las empresas, los usuarios y los auditores españoles, que haga posible una mayor transparencia y previsibilidad en los requisitos aplicables a los auditores, que ofrezca seguridad jurídica y que evite generar nuevas cargas burocráticas o fiscales. Entendemos que todavía hay tiempo para su discusión y por eso vamos a hacer lo imposible, desde el diálogo y el espíritu constructivo que nos caracteriza, para lograr estos objetivos.

Por Mario Alonso. Presidente del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España

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