Opinión

Miguel Cuerdo Mir: En el país de los oxímoron

Vayan por delante tres oxímoron que he oído en nuestros pagos estos días y que me han llamado la atención, en especial por la capacidad que tiene el lenguaje de cambiar o crear nuevas realidades: regla flexible, contrato laboral temporal indefinido e hispabonos nacional-catalanes.

La regla flexible se refiere al modo en el que se acepta inicialmente la propuesta de reforma constitucional. La regla, sin más, es que no puede haber déficit estructural. Aclarando que un 0,4 por ciento de déficit estructural en relación con el PIB es una regla que tiene mucho valor en el entorno de una inflación española a medio plazo del 2 por ciento o más, porque ese déficit carece de importancia y asegura una reducción continuada del ratio de deuda pública/PIB, incluso con crecimiento cero de la economía.

La cuestión está en qué se añade y qué se deja fuera del texto constitucional: si hay ciclos económicos y se confía en la política de estabilización, la regla podría cumplirse sin que jamás hubiera equilibrio presupuestario anual. La regla sería una simple media aritmética móvil de medio plazo a la que se tiende mediante procedimientos de consolidación fiscal en cuanto se observa que el ciclo cambia el sentido de la pendiente.

No obstante, no es una cuestión menor saber cuándo ocurre esto. Tampoco lo es saber cuál es el PIB potencial en una perspectiva dinámica, con el fin de fijar el momento en el que la economía se considera estabilizada. En todo caso, mientras existan ciclos y cierta fe en la política de estabilización, el cumplimiento de la nueva regla constitucional obliga a su rigidez en el medio plazo y a la flexibilidad -entiéndase desequilibrio cambiante de las cuentas públicas- en el corto, pero en absoluto cuestiona el nivel de gasto -más allá de la elasticidad-renta de los ingresos-. Venga, pues, el oxímoron.

El contrato laboral temporal indefinido está desde el sábado en el BOE y consiste en un modo de encadenar contratos de duración determinada sin otro límite que la no continuidad del empleado en el puesto de trabajo. No tiene otra lectura que la voluntad de abaratar el coste de despido y con ello intensificar la creación de empleo. No para todos los puestos de trabajo, claro.

Este oxímoron adquiere sentido a medida que se aleja de la sintaxis límpida y reduccionista del contrato único. Es decir, cobra vida en el universo expansivo de contratos laborales diversos y variopintos que genera la regulación del mercado de trabajo en España.

Con ellos, el empresario en ningún momento asume los costes de salida del contrato indefinido -muy superiores al contrato temporal-. A cambio, liquida esos costes periódicamente e incorpora el correspondiente coste de transacción cada vez que lo renueva.

El empleado, que se enfrenta también a un coste de transacción en cada uno de ellos, incluso puede tener la percepción ilusoria de ciertas ganancias salariales extraordinarias cada vez que tenga que liquidar cada contrato temporal. También lo podríamos haber llamado contrato de trabajo indefinido con costes de salida baratos y costes de transacción periódicos, pero no sonaría igual.

Problema catalán

El tercero, los hispanobonos nacional catalanes, es una construcción sintáctica de las que se ven a menudo a pie de cuadros y gráficos, diciendo de dónde proceden sus fuentes y añadiendo las palabras elaboración propia. Las fuentes ajenas son las declaraciones del conseller de Economía de Catalunya.

La elaboración propia se corresponde con la interpretación del sesgo ideológico que, entiendo, pertoca al insigne conseller, pero que rejuvenece alguna de las razones -probablemente originadas en la necesidad- que hicieron posible el pacto medieval entre los reinos españoles, así como la posterior conformación constitucional por la que hoy Cataluña es parte capital y sustantiva de España.

Sin prejuzgar el alcance de las peticiones, solicitar una envoltura española para un producto tan catalán como su propia deuda autonómica no es diferente a pedir una envoltura europea para un producto tan español como la propia deuda estatal. En este sentido, el argumento es impecable. Incluso si me apuran, es evidente que Cataluña no tiene la soberanía económica que le corresponde a España, ni por el alcance de sus decisiones, ni cuando ingresa ni, del todo, tampoco cuando gasta.

En todo caso, los eurobonos parecen muy lejanos -y más después del nuevo papel que se ha arrogado el BCE-. Solamente asomarían por el horizonte después de recorrida la senda constitucional de un normativo y reputado equilibrio presupuestario estructural y de importantes cesiones de soberanía nacional, en materia de política fiscal, para todos los estados europeos implicados.

Por ello, venga también el oxímoron en este caso, pero por la senda constitucional de la reforma planteada y de la lealtad y renuncia renovadas que exige el proceso para todos.

Miguel Cuerdo Mir. Profesor Titular de Economía Aplicada de la Universidad Rey Juan Carlos.

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