Se debate estos días sobre la conveniencia, la necesidad o la obligatoriedad de establecer para las comunidades autónomas y las corporaciones locales el llamado techo de gasto, que los socialistas a la última quieren llamar regla de gasto, mayormente por acuñar una expresión suya y no la adoptada por parte de la derecha. (Algún día me ocuparé del nuevo léxico económico impuesto por los socialistas post-postmodernos).
Decía que se habla de imponer límites al gasto de las comunidades autónomas, pero es una medida completamente inoperante. ¿De qué sirvió el techo de gasto aprobado para los Presupuestos Generales del Estado en 2009 y 2010? Mientras exista el mecanismo de los suplementos de crédito, votados por los mismos que adoptan el techo de gasto y que aprueban los Presupuestos, ¿para qué sirve? La mayoría o las minorías coaligadas no tienen más que pasar un trámite parlamentario insignificante.
Ha llegado el momento de implantar para todas las administraciones la disciplina del déficit cero. Así de duro, así de preciso, así de riguroso. ¿Y las contingencias?, ¿y las catástrofes?, ¿y las crisis sobrevenidas?, se desmelenarán preguntando algunos.
Efectivamente, la entronización del régimen de déficit cero, plantearía situaciones de insuficiencia ante contingencias mayores, pero para eso también hay solución y se llama mayoría cualificada. Modificar al alza el contenido de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año, debe exigir una mayoría que requiera el concurso del voto de una parte significativa de los diputados.
Esa mayoría sólo se conseguirá si hay un acuerdo sobre el diagnóstico de la situación sobrevenida y sobre el volumen de recursos que se debe de poner en juego para salir al paso de la circunstancia azarosa de la que se trate.
Aplicado con esta fórmula u otras semejantes, que no renuncien al principio esencial, no sufriríamos lo que sufrimos cada vez que nos presentan las cuentas de las administraciones públicas.
Hernando F. Calleja. Periodista de elEconomista.