Opinión

José María Rojí: El MAB, una puerta de entrada y salida para minoritarios

El Mercado Alternativo Bursátil (MAB) constituye un nuevo y valioso instrumento de financiación de empresas para su expansión, que permite acceder a la cotización a empresas de mediana capitalización de un modo sencillo y asequible. Este modo de apertura del capital, junto a otros beneficios, permitirá el acceso de inversores minoritarios a proyectos relevantes minimizando el tradicional conflicto mayoría vs minoría.

Constituye un lugar común en nuestra realidad empresarial el conflicto entre socios de control y socios minoritarios. El mayoritario está armado normalmente con el rodillo de la mayoría de voto, el control del órgano de administración, el estrangulamiento financiero del socio mediante la congelación del dividendo, el suministro a reglamento de información o la dirección autónoma de la gestión; pero a su vez, una vez en conflicto, está limitado por la imposibilidad de desarrollar pacíficamente su estrategia para la compañía, en particular cuando busca la expansión.

El minoritario se pertrecha en el ejercicio riguroso de sus derechos: reclamación de información, impugnación de acuerdos, exigencias de responsabilidad, solicitud de auditorías, perturbación del normal funcionamiento de los órganos sociales, oposición a la entrada de nuevos socios y a las iniciativas de expansión que exigen cambios corporativos; todo ello con un desgaste frustrante y estéril que devalúa su propia inversión y le exige unos costes de control desproporcionados.

Y este conflicto cuya solución natural es la venta por el minoritario de sus títulos se eterniza agravándose por la falta de liquidez de los valores, por la dificultad de pactar un precio entre partes muchas veces enconadas, por la desconfianza del mayoritario a admitir nuevos minoritarios y por la renuencia de los posibles inversores a invertir en una sociedad con biografía conflictiva; todo ello, en conjunto, propicia un clima poco favorable a operaciones corporativas y provoca costes de transacción prohibitivos, quedando el minoritario prisionero de sus títulos y el mayoritario con un control debilitado y litigioso.

Esta situación constituye un importante elemento disuasorio a que las sociedades cerradas abran su capital a nuevos inversores, temerosos todos los interesados de un futuro conflicto, riesgo que se procura paliar mediante complejos pactos estatutarios y parasociales encaminados a equilibrar el control y el poder, a evitar o resolver bloqueos, a valorar la compañía, a dar liquidez a la acción, a pactar la administración y su régimen, a convenir sobre el reparto de dividendos y a regular el ejercicio de sus derechos por unos y otros.

Esta situación insatisfactoria ha provocado que muchas sociedades medianas pero con relevantes proyectos de expansión, entre ellas muchas familiares, se hayan frenado en el proceso de incorporar nuevos socios a su capital aun cuando dicha incorporación era valiosa para el futuro de la empresa.

El MAB ofrece una oportunidad excepcional de abrir el capital de la empresa a los minoritarios, y hacerlo resolviendo para ambas partes muchos de los puntos de conflicto descritos. El MAB aporta a la entidad cinco elementos fundamentales para la sana convivencia: a) gestión profesionalizada, b) transparencia, c) cierto control público que descarga al minoritario de los costes de monitorización, d) valoración de mercado actualizada de la sociedad; y, e) cierta liquidez de la participación, lo que se traduce en poder votar con los pies. Por su parte, el mayoritario mantendrá la autonomía de gestión, reforzará los fondos propios y obtendrá recursos para el crecimiento y un positivo impacto mediático, liberándose de la incómoda presión (legal o moral) de su socio minoritario para que le recompre sus acciones.

El MAB es así una puerta abierta por la que dar entrada y salida a los minoritarios en el capital social de las empresas evitando, de manera equilibrada y en beneficio de todos, los tradicionales conflictos mayoría-minoría.

José María Rojí es socio de Ernst & Young Abogados.

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