Una de las muchas consecuencias de la crisis de 2007-2008 en la industria bancaria mundial ha sido la ingente cantidad de multas y sanciones económicas a las que los bancos norteamericanos y europeos han tenido que hacer frente estos últimos años.
En este sentido, según un estudio publicado en marzo por The Boston Consulting Group, desde 2008, los grandes bancos mundiales han recibido sanciones económicas por valor de 320.000 millones de dólares, de los que 42.000 millones fueron solo en 2016, un 68% más que el año anterior.
Pero el riesgo de litigio no ha sido un tema exclusivo de los grandes bancos de inversión, la banca española minorista también ha estado en el ojo del huracán. Primero fueron las compensaciones por la comercialización de las preferentes, luego la salida a bolsa de Bankia y, el año pasado, las cláusulas suelo. Las sentencias que se han dado en los tribunales españoles en relación a los diferentes frentes han hecho que los clientes hayan tomado conciencia de la vulnerabilidad existente en los bancos.
Tras unos años en los que parecía que la actividad judicial disminuía en el sector, en 2017 vemos una clara reactivación. Durante el primer cuatrimestre del año se han presentado más de 8.000 reclamaciones ante el Banco de España. Si el ritmo sigue, para el conjunto de 2017 hablaríamos de unas 30.000, muy cerca de las 34.465 de 2013, año en que la cifra alcanzó su máximo histórico.

En paralelo, las demandas recibidas en los juzgados de primera instancia habilitados para temas hipotecarios continúan aumentando y todo apunta a que el número de litigios para los bancos en España seguirá creciendo, lo que repercutirá en sus cuentas de resultados al suponer un mayor coste, bien por la vía de las provisiones bien por la de los gastos, teniendo que implementar nuevos procedimientos que aseguren una comercialización de los productos acorde a las nuevas normas de distribución y transparencia.
Si analizamos los cuatro frentes hipotecarios a los que los bancos españoles se están enfrentando o, previsiblemente, lo harán próximamente, creemos que el de las cláusulas suelo es el que menor riesgo podría presentar. Desde Mirabaud, opinamos que un 60% de cobertura, viendo la experiencia de reclamaciones actual por parte de los clientes, debería ser suficiente para cubrir el riesgo actual existente para las entidades en materia de cláusulas suelo. El riesgo de que las entidades requieran provisiones adicionales para asegurar la devolución de los intereses cobrados por los bancos en estos casos es reducido.
Sin embargo, llegan nuevos frentes, probablemente no contemplados, y sobre los que aumentan el número de sentencias. La semana pasada, por ejemplo, el Tribunal Supremo español, como ya hiciera el Tribunal de Justicia europeo a la vuelta del verano, declaró parcialmente nulas las cláusulas multidivisa por su falta de transparencia.
Antes de que finalice el año nos queda disipar la duda sobre la decisión que el Tribunal Supremo pueda adoptar, por primera vez, en relación a las hipotecas IRPH (índice de referencia de préstamos hipotecarios). Y cada vez estamos viendo cómo se producen más sentencias en contra de las firmas bancarias en relación a los gastos de formalización de las hipotecas. Desde Mirabaud creemos que estos litigios no supondrán una gran amenaza para los bancos españoles a futuro, ya que el riesgo no representa un impacto material en términos de beneficios o capital, pero sí dificultará que la ansiada normalización de beneficios llegue en el corto plazo.
Prevemos una proliferación de sentencias judiciales en contra de los bancos y por tanto vemos un aumento de los costes por litigios. En el actual entorno de tipos bajos, que está afectando negativamente a la evolución del margen de intereses de las entidades, unido al cada vez mayor foco del Regulador por acelerar la reducción de los activos problemáticos, un nuevo frente se cruza en el camino de los bancos españoles.
En nuestra opinión, esto supondrá un nuevo escollo para la mejora de la ya de por sí presionada rentabilidad bancaria doméstica, impidiendo en el corto plazo que una reducción de provisiones por litigios represente una bocanada de aire a sus cuentas de resultados.