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Madrid desmiente que no pueda multar en aplicación del protocolo antipolución

Madrid, 5 may (EFE).- El Ayuntamiento de Madrid ha recordado hoy que adaptó en enero la normativa de tráfico municipal al nuevo protocolo contra episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno, lo que le permite interponer multas en su aplicación.

Fuentes del Gobierno de la ciudad se han expresado así, en declaraciones a Efe, después de que el club de automovilistas Comisariado Europeo del Automóvil (CEA) haya defendido que los conductores no pueden ser multados cuando se activa el Protocolo de Actuación para episodios de alta contaminación de Madrid porque no lo contempla la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

El nuevo protocolo antipolución de la ciudad de Madrid entró en vigor el pasado 1 de febrero e incluye medidas que endurecen las restricciones al tráfico en episodios de alta polución, a partir de los cuales se limita la velocidad, el aparcamiento o los accesos a la almendra central de la capital.

Con motivo de su aprobación, meses antes, el Ayuntamiento inició en la Junta de Gobierno del 28 de enero el camino para adaptar la normativa de tráfico a los cambios normativos.

Entonces, aprobó una modificación de la ordenanza de Movilidad para adaptarla a las últimas modificaciones de la Ley de Tráfico y a la Ley de Calidad del Aire y Protección a la Atmósfera.

Según informó entonces el Consistorio, el nuevo texto incluye las medidas específicas de restricciones de tráfico y estacionamiento que se adoptarán durante episodios de alta contaminación, así como la forma en que se informará a la ciudadanía de estas medidas.

Además, recoge las sanciones que conllevará el incumplimiento de las medidas y modifica los artículos 61, 63 y 67 de la Ordenanza de 2005 para aclarar las excepciones que para el régimen general de estacionamiento autorizado y regulado supone la aplicación de medidas urgentes y extraordinarias por superación de los niveles máximos permitidos de contaminación.

Tras recordar estas medidas tomadas por la Junta de Gobierno, fuentes del Ayuntamiento han indicado que la corporación ha realizado los trámites necesarios para interponer las sanciones.

Frente a la tesis del Gobierno encabezado por Manuela Carmena, CEA sostiene que en la normativa de Tráfico y Seguridad Vial no están tipificadas las infracciones por estacionamiento ante alerta de polución, por lo que no existiría base legal para multar a los conductores.

Por ello, argumenta CEA, las ordenanzas municipales no pueden establecer sanciones que no estén contempladas en una norma de rango superior, como es la Ley de Tráfico y Seguridad.

A juicio del club de automovilistas, solo hay base legal para sancionar los excesos de velocidad.

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