A estas alturas de la película nadie duda de que el producto elegido por la banca para sustituir el depósito bancario es el fondo de rentabilidad objetivo o, si acaso, el depósito estructurado (es decir, el que liga su rentabilidad a la evolución de un índice bursátil, por ejemplo). Y sin embargo, ni uno ni otro se asemejan en nada a la filosofía de un plazo fijo. Por esa misma razón, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) emitió este jueves un documento en el que, además de hacerse eco de las recomendaciones europeas en cuanto a la comercialización de productos complejos y estructurados, el regulador dio un paso más al incluir sus propias pautas para lograr el cumplimiento de la normativa.
La CNMV recordó que cuando las entidades entiendan que no es un producto adecuado para el cliente, "deberían abstenerse de recomendar su compra, o incluso, de comercializarlo", lo que supone al mismo tiempo que deben identificar el público al que va dirigido y cómo se ha evaluado "la adecuación del perfil de rentabilidad-riesgo". Se debería indicar, además, cómo se ha establecido el precio final del producto.
Europa pide a las entidades que valoren si los instrumentos complejos deberían abordarse solo en el "ámbito del asesoramiento", es decir, no venderse como un depósito en ventanilla, recordando además que el personal que lo ofrece debe tener los conocimientos necesarios. Y en este sentido, la CNMV cree necesario que se haga siempre como asesoramiento, o al menos informando del público objetivo al que va dirigido.
Otra de las opacidades de estos productos son los gastos. Lo que las autoridades reclaman es que los costes y cargas totales "se faciliten en términos de efectivo", y no solo en porcentajes, además del "impacto relativo" que tienen sobre la rentabilidad final.
Si algo diferencia al estructurado de los depósitos es la mayor dificultad para obtener liquidez, para disponer del dinero. Por ello, la CNMV sugiere que "se ofrezca a los clientes la posibilidad de cancelar anticipadamente su inversión, siempre que se definan de inicio metodologías objetivas".
Y, por supuesto, quiere acabar con la percepción de que no hay riesgo de pérdida. "Debería indicarse de forma destacada la posibilidad de incurrir en pérdidas", considera el supervisor, a la vez de advertirse si hay límite en los resultados. Ligado a esto, deberían evitarse expresiones como "depósito estructurado", hay que sustituirlo por "estructurado" simplemente, cree el supervisor.
Otra de las recomendaciones es que la entidad tendría que informar periódicamente del valor del producto, ya sea por precio de mercado si es posible o si no, "una estimación razonable". Periódicas deberían ser también las revisiones de los productos, con el fin de ver si siguen siendo aptos para ese público o si hay que cambiar algo.