Llegan las navidades y con ellas la iluminación a las calles, los adornos a las casas y las bonificaciones por traspasar un plan de pensiones... ¡a los bancos! Casi se podría decir que es otra tradición navideña más. Engalanados con ofertas para conseguir el mayor número de clientes para sus fondos de pensiones, los ganchos de los escaparates bancarios son viejos conocidos...
Bonificaciones en efectivo y regalos que van mejorando en función de la cantidad que se invierta. Las implicaciones fiscales y los contratos de permanencia son sus gatos encerrados.
El dulce más apetecible es el que ofrece Popular. Hasta un 8% de bonificación en función del plan de destino (tres de sus planes están excluidos, ver gráfico) y del plazo de permanencia, siempre con un máximo de 5.000 euros. Pero además, el cliente podrá elegir entre recibir la bonificación por anticipado o a vencimiento.
Aunque no existe ninguna otra oferta que se acerque a la del banco que preside Ángel Ron, existe otro grupo de entidades con bonificaciones del 4% sobre el total del importe de los planes de pensiones traspasados. Se trata de Bankinter o CaixaBank. Entre los requisitos de la primera, por ejemplo, figura que el traspaso sea de un mínimo de 50.000 euros para conseguir el 4%. Y como no existe un límite máximo de bonificación, significa que si alguien aporta 60.000 euros, el regalo ascenderá a 2.400 euros, sin tener en cuenta la retención que efectúa Hacienda. Para traspasos entre 30.000 y 50.000 euros, el premio será del 3% del importe traspasado; y para las aportaciones de entre 3.000 y 30.000 euros, la bonificación ascenderá al 2%. Eso sí, en los tres casos se exige que el cliente permanezca un mínimo de cinco años en el producto. Es decir, absténganse los inversores que quieran volver a beneficiarse de otros regalos el año que viene por cambiarse de plan.
Después están las que premian los traspasos con bonificaciones de hasta el 3%, como Deutsche Bank, Unicaja o BBVA. La última también exige un compromiso de permanencia de cinco años. Pero varía la cantidad mínima que se requiere para lograr la bonificación, 25.000 euros. Si es el importe es inferior, el premio desciende hasta el 2%.
Más allá de los regalos en efectivo, también puede recibirlos en especie. Generali ofrece las dos opciones: hasta un 5% en efectivo o en regalos como un iPad a partir de los 30.000 euros.
Precauciones si acepta un regalo
Sin embargo, quien tenga en el regalo su motivación para invertir en uno u otro plan de pensiones ha de saber que esas promociones esconden gato encerrado. O, mejor dicho, gatos encerrados. El primero de ellos es la permanencia. "Estos planes normalmente van ligados a una obligación de permanencia que quita la libertad del ahorrador para cambiar de plan en el caso de que no responda a sus expectativas iniciales", afirman desde EFPA. Una permanencia que no suele ser inferior a los tres años y que en caso de incumplimiento supone la devolución del presente obtenido, ya sea en metálico en el caso de las bonificaciones o en especie, en el caso de los regalos materiales.
El segundo, y quizá más importante, es la tributación, porque si bien los traspasos entre planes de pensiones están exentos de tributación, esa ventaja fiscal no se extiende a los regalos promocionales. Dentro de este punto, hay dos opciones. En el caso de que el regalo sea en especie (televisores, vajillas, tablets y hasta jamones), la gestora del plan se encargará de determinar el valor del regalo al precio de mercado al que se le aplicará una retención general que, tras la reforma fiscal, asciende al 21%. Un gasto que en la mayoría de las ocasiones abonará el propio partícipe. Es decir, si el banco le ofrece un iPad valorado en 400 euros, el ingreso a cuenta que deberá realizar será del 21% de ese valor, es decir, 84 euros. Y podrían generarse, además, otros costes. "He visto casos en los que además de la retención también le cobran el IVA correspondiente al producto e incluso los costes de transporte", afirma Juan Luis Sevilla, de Profim.
Similar es el coste fiscal que presentan las bonificaciones en metálico que se ofrecen sobre el volumen traspasado. Por ejemplo, si un cliente decide aportar 10.000 euros a un plan de pensiones remunerado con una bonificación del 2%, recibiría 200 euros pero habría que restarle el 21% por lo que en realidad la bonificación se quedaría en 158 euros. Eso en principio, ya que esa bonificación, ya sea en especie o en metálico, habrá de incluirse en la base imponible del ahorro en la declaración del IPRF y podría darse el caso de que esa bonificación termine incidiendo negativamente en el total de rendimientos de ahorro del partícipe, ya que si el total supera los 6.000 euros el tipo a pagar no será del 21% sino del 25% o incluso del 27%.