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La gestión de carteras de inversión deja de estar exenta de IVA: se gravará con un 21%

Los servicios de gestión discrecional de carteras de inversión estarán sujetos y no exentos del IVA (21%), según informó el Ministerio de Hacienda, que adapta así su tributación a la interpretación de la normativa comunitaria de la Unión Europea (UE). La medida afectará fundamentalmente a los clientes, según el Departamento que dirige Cristóbal Montoro.

Según explica, se trata de una resolución de la Dirección General de Tributos en respuesta a consulta vinculante planteada por la Asociación Española de Banca (AEB) y a la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA).

De esta forma Hacienda adapta la doctrina de Tributos al criterio establecido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) en su sentencia del 19 de julio de 2012. en su fallo considera que la gestión de inversiones son operaciones sujetas y no exentas de IVA en todo el territorio comunitario.

La aplicación del criterio de la UE es de obligado cumplimiento por parte de la Administración española. De esta forma, a partir de ahora se gravará con el tipo general de IVA, que desde septiembre es del 21%, a estos servicios.

En cuanto a la repercusión de la medida, el departamento dirigido por Cristóbal Montoro entiende que "no perjudica a las gestoras, en contra de lo señalado en algunos medios, ya que al convertir el servicio en sujeto y no exento, permite una mayor deducción de las cuotas del IVA soportado que hasta ahora no era posible".

De esta forma, la incidencia de esta resolución se registrará fundamentalmente los clientes, patrimonios financieros de cierta envergadura. Este tipo de inversores son los que suelen utilizar los servicios de gestión discrecional de cartera, ya que la mayoría de los ahorradores realizan las operaciones directamente a través de las entidades financieras.

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