Madrid, 2 abr (EFECOM).- El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la orden ministerial por la que se actualiza el límite de las prestaciones económicas de las mutualidades de previsión social según lo establecido en Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En la norma se hace referencia al artículo de la ley que regula el ámbito de cobertura y prestaciones que pueden otorgar las mutualidades de previsión social que no cuenten con autorización administrativa de ampliación de prestaciones.
Además, la ley contempla un límite cuantitativo a las prestaciones económicas "que garanticen", de manera que éstas no pueden exceder 21.000 euros como renta anual y de su equivalente actuarial como percepción única de capital, lo que queda actualizado a 30.000 euros.
También se actualiza, entre otras cuestiones, el límite de las prestaciones económicas para las entidades que operen en el ramo de vida.
La Orden entrará en vigor en la primera semana de mayo.EFECOM
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