
Madrid, 27 abr (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) considera que Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) ha cumplido la sentencia del Supremo de noviembre de 2008 sobre sobrevuelos del aeropuerto de Barajas en la urbanización Ciudad Santo Domingo (Algete) y ha desestimado los tres recursos interpuestos por los vecinos por contaminación acústica.
Así lo manifiesta Aena en un comunicado en el que detalla que el 26 de abril el Tribunal Supremo dictaminó que "los datos proporcionados por los recurrentes, tanto en relación con los sobrevuelos de la urbanización como en cuanto a su nivel acústico, carecen del rigor necesario para reflejar la actual situación acústica de la urbanización.
Además, la nota señala que "no cabe dudar de la fiabilidad y el rigor científico de los datos proporcionados por Aena", ya que la empresa adjuntó todas las certificaciones de validación técnica del Sistema Integral de Ruido de Madrid-Barajas (SIRMA).
Además, considera que Aena aportó informes de los organismos especializados sobre la validez de la metodología de medición de ruidos utilizada, avalada por el Real Decreto sobre el ruido.
En cuanto a los vuelos nocturnos, el TSJM estima que en la comprobación del período analizado por los recurrentes, entre enero y junio de 2011, se constata que estos han sido esporádicos y siempre justificados por razones operativas y meteorológicas.