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El Tribunal Superior de Justicia anula los servicios mínimos de la huelga de Metro del pasado 28 junio

Madrid, 5 may (EFE).- La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado los servicios mínimos que la Consejería de Transportes e Infraestructuras decretó para la huelga de Metro del día 28 de junio de 2010.

Según la sentencia, fechada el 12 de abril de 2011 y a la que ha tenido acceso la Agencia Efe, la Sala considera que la Orden de la Consejería por la que se establecían los servicios mínimos indispensables en Metro para el paro del 28 de junio pasado "infringe el Derecho Fundamental de Huelga" y, en consecuencia, la anula.

El TSJM ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por CCOO de Madrid, que consideraba que los mínimos esenciales establecidos por la Comunidad el 22 de junio de 2010 eran prácticamente "una copia" de la Orden dictada para una huelga de 2009 que resultó anulada.

Sostenía, además, que se había vaciado de contenido el derecho de huelga equiparando servicio público y servicio esencial, y que no se respetaba el principio de proporcionalidad.

Por todo ello, el sindicato solicitaba, a través del referido recurso, la declaración de nulidad de la citada Orden por considerar que resultaba "lesiva" para el derecho de huelga de los trabajadores afectados.

La Sala concluye, no obstante, que el consejero de Transportes e Infraestructuras "sí ostenta la condición de autoridad gubernativa" para fijar los servicios mínimos en una huelga de Metro, pero que en la Orden impugnada "no se establecen con la necesaria determinación" los criterios para identificar los servicios establecidos como esenciales.

Considera además que, partiendo del ámbito geográfico de cobertura de la red de Metro, resulta "necesario" precisar qué zonas o recorridos de líneas resultan coincidentes con otros medios públicos de transporte que pudieran resultar alternativos (como el autobús).

Por todo ello, el TSJM declara que la Orden de 22 de junio de 2010 de la Consejería que dirige José Ignacio Echeverría infringe el Derecho Fundamental de Huelga y, en consecuencia, la anula.

El 28 de junio de 2010, los trabajadores de Metro secundaron la primera de las tres jornadas de paro convocadas por los sindicatos para protestar por el recorte salarial propuesto por el Gobierno autonómico con el objetivo de reducir déficit.

En esa jornada, los servicios mínimos del 50 por ciento fijados por la Consejería de Transportes fueron respetados, a diferencia de lo que ocurrió los dos días siguientes.

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