MADRID, 23 (EUROPA PRESS)
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy una orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) que establece una parada temporal para los buques españoles que se dedican este año a la captura de merluza y cigala, con el objetivo de contribuir a la recuperación de estas especies.
La parada se aplicará en los buques pesqueros españoles incluidos en los censos de arrastre y palangre de fondo del Cantábrico y Noroeste, en la modalidad de artes menores, así como en la de arrastre de fondo en aguas de Portugal.
Su duración será de 30 días, bien continuados o en dos periodos de quince días de duración cada uno, entre el 1 de julio de 2007 y el 31 de enero de 2008, ambos inclusive, y para acreditarla, será necesaria la certificación de la Capitanía Marítima del puerto correspondiente, u otro documento fehaciente.
El departamento que dirige Elena Espinosa indicó que "es necesario intensificar las medidas de ajuste del esfuerzo considerando un periodo de parada temporal, de carácter voluntario, para facilitar la recuperación del stock".
El Ministerio basa sus consideraciones en los informes científicos de evaluación de las pesquerías de merluza y cigala aportados por el Instituto Español de Oceanografía (IEO) una vez trascurridos tres años desde el inicio del plan de recuperación.