Madrid, 30 may (EFECOM).- Las negociaciones de la mesa de reforma del sistema público de pensiones han finalizado hoy y ya sólo queda "pulir" la redacción del acuerdo alcanzado, algo que se hará en los próximos días, para que los órganos de dirección de la patronal y los sindicatos den su visto bueno definitivo la próxima semana.
Fuentes de la negociación así se lo explicaron a EFE al término de la reunión celebrada esta tarde entre el Gobierno y los agentes sociales, después de las partes hayan estado reunidas durante cinco horas.
Las fuentes aseguraron que en lo que queda de semana se acabará de trasladar al papel las medidas de reforma acordadas, lo que permitirá que la semana que viene los órganos de dirección de los sindicatos CCOO y UGT y la patronal CEOE-CEPYME den su visto bueno.
Los negociadores han pactado elevar el período de cotización para poder recibir una prestación contributiva a 5.475 días (15 años efectivos) frente a los 4.700 actuales.
Esto supondrá que tres de cada cien trabajadores tendrán que retrasar su jubilación 2,12 años, según fuentes de la negociación.
El incremento pactado se aplicará en un período de cinco años, ya que los 4.700 días se irán aumentando en 77 días por cada seis meses transcurridos desde la entrada en vigor de la reforma.
Otra de las medidas pactadas para reducir el gasto de la Seguridad Social es el retraso de la jubilación parcial a los 61 años.
En la actualidad, acceden los de con 60 años, con una antigüedad en la empresa de 6 y con una carrera de cotización de 30, los cuales sólo trabajan el 85 por ciento de su jornada habitual, pues el resto lo cubre otra persona a la que se contrata.
Ahora se eleva la edad del trabajador a 61 años -en un período transitorio de 6 (2 meses por cada año de entrada en vigor de la reforma)- y se fija que la persona que lo releve se quede con el 25 por ciento de su jornada.
En cuanto a la jubilación anticipada, si la extinción de la relación laboral no es voluntaria, por cada año que falte para cumplir los 65 años -siempre que se acrediten entre 30 y 40 años de cotización- se aplicará una penalización (coeficiente reductor) del 7,5 por ciento sobre la cuantía de la pensión.
La reforma también contempla una compensación a tanto alzado de las pensiones de los trabajadores despedidos mediante un expediente de regulación de empleo (ERE) antes de 2002, que las fuentes no precisaron, aunque se baraja que sea de unos 50 euros.
La Seguridad Social también pagará el 40 por ciento de las cotizaciones sociales a los trabajadores de 59 años, con una antigüedad en la empresa de 5 (ahora a los de 60 les subvenciona la mitad y a los de 64, en una escala progresiva, el 90 por ciento).
Respecto a la pensión de viudedad, se asegura que esta prestación debe "recuperar" su carácter de renta de sustitución.
Además, se extiende a las parejas de hecho que acrediten un período de convivencia que fijará el Parlamento, mientras que para los matrimonios será de 2 años, que no se exigirá si hay hijos en común o el cónyuge muere en accidente.
En las parejas no matrimoniales con hijos en común, la persona que sobreviva a su pareja tendrá derecho a una pensión si acredita que, durante la convivencia, dependía de más del cincuenta por ciento de los ingresos del fallecido; si no tenía hijos deberá demostrar una dependencia económica superior al 75 por ciento.
En los casos de distribución de una pensión entre la viuda del fallecido y su anterior cónyuge de la que estaba divorciada, el reparto será al cincuenta por ciento.
Por otra parte, se endurece la regulación de la incapacidad permanente para evitar que siga siendo una vía de acceso a la protección social en carreras de cotización insuficientes; mientras que la pensión de incapacidad temporal se cobrará aunque se extinga el contrato laboral del trabajador.
Paralelamente, se incluyen medidas para incentivar la prolongación voluntaria de la vida laboral, aumentando las pensiones para los que se jubilen con 66 o más años.
Quienes tengan derecho a pensión máxima la verán incrementada en un dos por ciento, un tres si han cotizado más de cuarenta años, y para los demás se incrementará en los mismos porcentajes la cuantía de la base reguladora.
Finalmente, se integrará en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (REASS) y el Régimen Especial de Empleados del Hogar en el General. EFECOM
jmj/ap