Madrid, 30 may (EFECOM).- El Tribunal Supremo ha anulado una resolución del Tribunal Superior de Cataluña y ha ordenado que se siga tramitando una querella contra el consejero delegado del Santander Alfredo Sáenz y otros tres ex altos cargos de Banesto, a los que se acusa de prevaricación, cohecho y denuncia falsa.
El origen de esta causa se remonta a 1994, cuando Banesto presentó una querella criminal contra los empresarios Pedro Olabarría y Luis y José Ignacio Romero, a quienes el banco reclamaba una deuda de 600 millones de pesetas (3,6 millones de euros).
El juez Luis Pascual Estevill admitió a trámite la querella e incluso decretó medidas preventivas contra los industriales.
Después de que esa causa fuera archivada, los empresarios y Rafael Pérez Escolar -consejero de Banesto durante la etapa de Mario Conde- presentaron una querella contra el entonces presidente de Banesto, Alfredo Sáenz; el director general del banco, José Angel Merodio; el letrado externo de la entidad, Rafael Jiménez de Parga, y el ejecutivo Miguel Angel Calama.
Tras largas indagaciones del juzgado de instrucción número 20 de Barcelona, los demandados consiguieron que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña diera por archivada la causa, por entender que las actuaciones de Jiménez de Parga y Calama estarían prescritas y las de Sáenz y Merodio no serían constitutivas de delito.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso EFE, el Tribunal Supremo considera que la decisión del TSJC no es acertada y ordena al juzgado de instrucción que continúe la tramitación de la causa.
En su resolución, el alto tribunal asegura, además, que "de ser ciertos los hechos imputados (...) existió una actuación jurisdiccional en contra de los querellantes", pues "alguno de ellos sufrió medidas cautelares de carácter personal y la investigación duró casi dos años durante los cuales los perjudicados sufrieron las consecuencias de un procedimiento penal de investigación".
Preguntadas por EFE, fuentes de Banesto eludieron pronunciarse sobre esta resolución. EFECOM
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